{"id":19806,"date":"2026-01-27T17:21:21","date_gmt":"2026-01-27T16:21:21","guid":{"rendered":"https:\/\/belzuz.com\/?post_type=publicacion&#038;p=19806"},"modified":"2026-01-27T17:21:21","modified_gmt":"2026-01-27T16:21:21","slug":"ley-9-2025-de-movilidad-sostenible-nuevas-oportunidades-mercantiles","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/en\/publicacion\/ley-9-2025-de-movilidad-sostenible-nuevas-oportunidades-mercantiles\/","title":{"rendered":"Ley 9\/2025 de Movilidad Sostenible: Nuevas Oportunidades Mercantiles"},"content":{"rendered":"<h3 data-rm-block-id=\"block-1\"><strong>El Reconocimiento Legal de los Nuevos Modelos de Movilidad<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-2\">Una de las principales novedades de la Ley de Movilidad Sostenible es el reconocimiento expreso y la regulaci\u00f3n espec\u00edfica de servicios de movilidad que, hasta ahora, operaban en una zona de incertidumbre jur\u00eddica.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-3\">La movilidad compartida engloba servicios como el carsharing (veh\u00edculos compartidos), motosharing (motocicletas compartidas), as\u00ed como sistemas de bicicletas y patinetes el\u00e9ctricos de uso compartido. Estos modelos de negocio, que han experimentado un crecimiento exponencial en los \u00faltimos a\u00f1os, encuentran ahora un marco normativo que facilita su desarrollo y expansi\u00f3n. La regulaci\u00f3n espec\u00edfica de estos servicios elimina la anterior inseguridad jur\u00eddica que limitaba la inversi\u00f3n en el sector y permite a las empresas planificar sus estrategias de crecimiento con mayor certeza.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-4\">La nueva normativa establece criterios claros para la diferenciaci\u00f3n entre servicios profesionales y actividades meramente ocasionales, aspecto fundamental para determinar las obligaciones mercantiles aplicables.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-5\">Por su parte, la movilidad colaborativa, que incluye el carpooling o viajes compartidos entre particulares, recibe tambi\u00e9n un tratamiento espec\u00edfico que permite distinguir claramente entre la actividad comercial y la meramente colaborativa. Esta distinci\u00f3n resulta fundamental para determinar las obligaciones fiscales y mercantiles aplicables a cada tipo de servicio. La ley establece l\u00edmites cuantitativos y cualitativos que permiten delimitar cu\u00e1ndo una actividad de movilidad colaborativa trasciende el \u00e1mbito privado para convertirse en una actividad econ\u00f3mica sujeta a regulaci\u00f3n mercantil.<\/p>\n<h3 data-rm-block-id=\"block-6\"><strong>Flexibilizaci\u00f3n del R\u00e9gimen Concesional y Nuevas Oportunidades de Inversi\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-7\">El art\u00edculo 41 de la Ley introduce una importante flexibilizaci\u00f3n en las formas jur\u00eddicas para la prestaci\u00f3n de servicios de transporte p\u00fablico y movilidad. Esta modificaci\u00f3n permite la utilizaci\u00f3n de cualquier figura prevista en la Ley 9\/2017, de Contratos del Sector P\u00fablico, lo que ampl\u00eda significativamente las oportunidades para la participaci\u00f3n privada en la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos de movilidad.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-8\">Esta flexibilizaci\u00f3n resulta especialmente relevante para empresas que deseen participar en licitaciones p\u00fablicas para la gesti\u00f3n de servicios de transporte urbano, interurbano o de movilidad rural. La posibilidad de utilizar diferentes modalidades contractuales permite adaptar la estructura jur\u00eddica a las caracter\u00edsticas espec\u00edficas de cada proyecto.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-9\">Adem\u00e1s, la norma contempla expresamente los servicios de transporte a la demanda, una modalidad que cobra especial relevancia en zonas rurales o de baja densidad poblacional, donde los servicios tradicionales de transporte p\u00fablico pueden resultar ineficientes. Estos servicios, que utilizan tecnolog\u00edas digitales para optimizar rutas y horarios en funci\u00f3n de la demanda real, representan una oportunidad significativa para empresas especializadas en soluciones tecnol\u00f3gicas aplicadas al transporte.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-10\">La ley tambi\u00e9n introduce la figura de los servicios de movilidad integrada, que permiten la combinaci\u00f3n de diferentes modos de transporte bajo una \u00fanica plataforma de gesti\u00f3n y facturaci\u00f3n.<\/p>\n<h3 data-rm-block-id=\"block-11\"><strong>Regulaci\u00f3n de las Plataformas Digitales de Movilidad<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-12\">La Ley de Movilidad Sostenible aborda tambi\u00e9n la regulaci\u00f3n de las plataformas digitales que intermedian en servicios de movilidad, estableciendo obligaciones espec\u00edficas en materia de transparencia, protecci\u00f3n de datos y responsabilidad.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-13\">Desde una perspectiva mercantil, resulta fundamental que las empresas que operan plataformas de movilidad compartida adapten sus t\u00e9rminos y condiciones, as\u00ed como sus procesos internos, para garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones legales. Esto incluye aspectos como la transparencia en la formaci\u00f3n de precios, la informaci\u00f3n sobre los prestadores de servicios y las garant\u00edas ofrecidas a los usuarios. La nueva regulaci\u00f3n tambi\u00e9n establece criterios espec\u00edficos para la responsabilidad de las plataformas en caso de incidencias o conflictos entre usuarios y prestadores de servicios.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-14\">Las plataformas digitales deben implementar sistemas de verificaci\u00f3n de la identidad y capacitaci\u00f3n de los prestadores de servicios, as\u00ed como mecanismos de evaluaci\u00f3n y control de calidad.<\/p>\n<h3 data-rm-block-id=\"block-15\"><strong>R\u00e9gimen de Responsabilidad y Seguros en los Servicios de Movilidad<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-16\">La nueva normativa establece un r\u00e9gimen espec\u00edfico de responsabilidad para los diferentes actores que participan en los servicios de movilidad. Las empresas que prestan servicios de movilidad compartida deben contar con seguros adecuados que cubran tanto los da\u00f1os a terceros como los da\u00f1os a los propios usuarios del servicio.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-17\">Esta exigencia tiene importantes implicaciones desde el punto de vista mercantil, ya que las empresas deben revisar sus p\u00f3lizas de seguros y, en su caso, contratar coberturas adicionales para cumplir con los nuevos requisitos legales.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-18\">El r\u00e9gimen de responsabilidad se estructura de manera diferenciada seg\u00fan el tipo de servicio prestado. Para los servicios de carsharing, la responsabilidad se distribuye entre el propietario del veh\u00edculo, la plataforma intermediaria y el usuario, estableciendo criterios claros para la determinaci\u00f3n de la responsabilidad en cada caso. En el caso de servicios de micromovilidad (bicicletas y patinetes el\u00e9ctricos), la normativa establece obligaciones espec\u00edficas de mantenimiento y control t\u00e9cnico que recaen sobre los operadores.<\/p>\n<h3 data-rm-block-id=\"block-19\"><strong>Implicaciones Fiscales de los Nuevos Servicios de Movilidad<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-20\">La regulaci\u00f3n de estos servicios tambi\u00e9n conlleva clarificaciones importantes en el \u00e1mbito fiscal. La distinci\u00f3n entre servicios comerciales y actividades colaborativas tiene repercusiones directas en el tratamiento del IVA y en las obligaciones tributarias de los prestadores de servicios. Las empresas del sector deben adaptar sus estructuras fiscales para cumplir con las nuevas obligaciones, especialmente en lo relativo a la facturaci\u00f3n y declaraci\u00f3n de ingresos procedentes de servicios de movilidad compartida.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-21\">La normativa establece criterios espec\u00edficos para la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen especial del IVA en servicios de transporte, diferenciando entre servicios prestados directamente por empresas y servicios intermediados por plataformas digitales.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-22\">En el \u00e1mbito del Impuesto sobre Sociedades, la ley introduce clarificaciones sobre el tratamiento de los ingresos procedentes de servicios de movilidad compartida, especialmente en lo relativo a la imputaci\u00f3n temporal de ingresos y la deducibilidad de gastos asociados al mantenimiento de flotas de veh\u00edculos compartidos. Estas clarificaciones proporcionan mayor seguridad jur\u00eddica a las empresas del sector y facilitan la planificaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n<h3 data-rm-block-id=\"block-23\"><strong>Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica y Veh\u00edculos Aut\u00f3nomos<\/strong><\/h3>\n<p data-rm-block-id=\"block-24\">La ley contempla tambi\u00e9n el desarrollo futuro de tecnolog\u00edas de movilidad aut\u00f3noma, estableciendo un marco regulatorio flexible que permita la incorporaci\u00f3n progresiva de veh\u00edculos aut\u00f3nomos en los servicios de movilidad. Esta previsi\u00f3n normativa resulta especialmente relevante para empresas que desarrollan tecnolog\u00edas de conducci\u00f3n aut\u00f3noma o que planifican incorporar estos veh\u00edculos en sus flotas.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-25\">La normativa establece criterios espec\u00edficos para la homologaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de veh\u00edculos aut\u00f3nomos destinados a servicios de movilidad compartida, as\u00ed como obligaciones espec\u00edficas en materia de seguros y responsabilidad civil.<\/p>\n<p data-rm-block-id=\"block-26\">Desde el <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/areas-de-practica\/derecho-mercantil-y-societario\/derecho-mercantil-y-societario-espana\/\">Departamento de Derecho Mercantil<\/a> de <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a>, ofrecemos asesoramiento especializado para empresas del sector de la movilidad, garantizando el cumplimiento de la nueva normativa y maximizando las oportunidades de negocio que presenta esta transformaci\u00f3n del marco regulatorio espa\u00f1ol.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":19008,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[139],"idioma-publicacion":[70],"class_list":["post-19806","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","publicaciones-igor-orozco-roman","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/19806","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/19008"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19806"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19806"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=19806"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=19806"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=19806"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}