{"id":2554,"date":"2013-02-19T23:00:00","date_gmt":"2013-02-19T23:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"la-competencia-territorial-en-el-procedimiento-monitorio","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/en\/publicacion\/la-competencia-territorial-en-el-procedimiento-monitorio\/","title":{"rendered":"La competencia territorial en el procedimiento monitorio"},"content":{"rendered":"<p>El presente art&iacute;culo se fundamenta en la evoluci&oacute;n que el legislador, en el campo del <strong>Derecho Procesal Civil<\/strong> ha ido realizando en el procedimiento monitorio, en concreto en lo que se refiere a la competencia territorial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En efecto, desde la entrada en vigor del procedimiento monitorio &ndash;en vigor cn la L.E.C., esto es, desde el pasado d&iacute;a 2 de enero de 2.001-, desde el . lo concibi&oacute; para sus clentes como el procedimiento arquetipo de un procedimieto judicial &aacute;gil y r&aacute;pido para la recuperaci&oacute;n de cantidades adeudadas, el &uacute;nico fuero que era posible consist&iacute;a en el domicilio del demandado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, el concepto del domicilio del deudor es, en el caso de las personas jur&iacute;dicas, el que figuraba en el Registro Mercantil o documento de constituci&oacute;n; y, en el caso de las personas f&iacute;sicas, ser&iacute;a aquel que fuera su residencia habitual &ndash;art. 40 del C.C.-, esto es, el lugar en que est&aacute; establecido. En este sentido, la fijaci&oacute;n del domicilio de una persona f&iacute;sica se justificaba aportando indicios o datos tales como la direcci&oacute;n postal que constaba en los Registros P&uacute;blicos, organismos de correos, telef&oacute;inicos, etc., siendo, entre uno de ellos m&aacute;s &uacute;til, el registro del padr&oacute;n municipal. La experiencia del . al respecto ha sido la de aportar tales indicios para justificar la competencia territorial, m&aacute;s all&aacute; de la aportaci&oacute;n del mero dato de la direcci&oacute;n del deudor, en aras de evitar la posible declaraci&oacute;n de incompetencia del Juzgado que lo tramita.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dicha fijaci&oacute;n del domicilio del deudor no es balad&iacute;, pues la determinaci&oacute;n del citado domicilio es una cuesti&oacute;n cricial en aras de evitar una demora en la reclamaci&oacute;n judicial, pues si el juzgado considera que el domicilio del deudor no se encuentra en su partido judicial podr&aacute; inhibirse, incluso, de oficio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute; pues, la cuesti&oacute;n de la fijaci&oacute;n del domicilio es primordial en el procedimiento monitorio en el Derecho Procesal Civil, pues dependiendo de donde est&eacute; fijado, ser&aacute; posible reclamar, bajo el marco de ese procedimiento, la deuda l&iacute;quida, vencida y exigible que el acreedor posee contra el deudor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute; pues, desde la propia promulgacion de la actual L.E.C., la determinaci&oacute;n del domicilio del deudor ha sido la cuesti&oacute;n m&aacute;s determinante, en muchas ocasiones, que el concepto de la exigibilidad de la deuda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, con la reforma operada en el a\u0144o 2.009 y 2.011 &ndash;Ley 13\/2.009 de 3 de noviembre y Ley 4\/2.011 de 24 de marzo-, ampl&iacute;a el &aacute;mbito de competencia territorial y, adem&aacute;s de reiterar que es competente el Tribunal del domicilio o residencia del deudor, llegando incluso a permitir determinaciones de la competencia territorial en forma de &ldquo;numerus apertus&rdquo;, al indicarse que podr&aacute; interponerse dicha petici&oacute;n de procedimiento monitorio ante el tribunal &ldquo;que pudiera ser llamado a los efectos de requerimiento del tribunal&rdquo; &ndash;art. 813.1 de la L.E.C.-.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con dicha expresi&oacute;n, el  entiende que se denota que es competente, territorialmente, cualquier juzgado en el que el deudor pudiera ser emplazado por &eacute;ste; ya sea una sucursal &ndash;sobre todo, en el caso de una persona jur&iacute;dica-, ya sea una segunda residencia &ndash;en el caso de una persona f&iacute;sica-, constituyendo, con ello, un notable avance en el &aacute;mbito competencial de dicho procedimiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Incluso, dicho &aacute;mbito de competencia territorial se amplia a&uacute;n m&aacute;s &ndash;art. 813.2 de la L.E.C.-, en los casos en que se trate de reclamaciones de cantidad derivadas de cuotas de pago de comunidades de propietarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No obstante, dicha ampliaci&oacute;n de la competencia territorial encuentra un l&iacute;mite expreso; la prohibici&oacute;n de sumisi&oacute;n de elecci&oacute;n del fuero por las partes, incluso, por el deudor, siendo indisponible &ndash;si as&iacute; existiera en la relaci&oacute;n contractual-, a los efectos de interponer petici&oacute;n de procedimiento monitorio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, merece la pena destacar que el procedimiento monitorio posee una novedad m&aacute;s en la actualidad que carec&iacute;a en la anterior regulaci&oacute;n; la posibilidad de solicitar al juzgado las medidas tendentes a la localizaci&oacute;n del deudor; se trata, pues, de la facultad que se enmarca en el art. 156 de la L.E.C. y que los Tribunales, en base al criterio contextual &ndash;art. 3.1 del C.C.-, anteriormente a la citada reforma legal, los Juzgados negaban la aplicaci&oacute;n de dicho precepto en el procedimiento monitorio. En este sentido, el art. 813.3 de la L.E.C. indica que;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&ldquo;Si, tras la realizaci&oacute;n de las correspondientes averiguaciones por el secretario Judicial sobre el domicilio o residencia, &eacute;stas son infructuosas o el deudor es localizado en otro partido judicial, el juez dictar&aacute; auto dando por terminado el proceso, haciendo constar tal circunstancia y reservando al acreedor el derecho a instar de nuevo el proceso ante el Juzgado competente&rdquo;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La importancia de dicha novedad radica en que, anterior a la reforma del citado precepto, en cuanto el Tribunal ten&iacute;a la certeza de que el requerimiento remitido al deudor hab&iacute;a sido negativo, proced&iacute;a a archivar el procedimiento, a menos que el acreedor se\u0144alse otro domicilio o lugar donde efectuar tal reqeurimiento y que &eacute;ste fuera en el mismo partido judicial del juzgado. Con la nueva regulaci&oacute;n, la Ley amplia la facultad del acreedor de solicitar al Juzgado el auxilio pertinente con el fin de poder localizar el actual domicilio del deudor donde poder efectuar el requerimiento de pago del procedimiento monitorio; dicho acto, de auxilio judicial permite poder conocer el domicilio, cuesti&oacute;n que antes s&oacute;lo era posible si lo aportaba el acreedor, neg&aacute;ndose el juzgado a realizar las labores tendentes a localizar el mismo, como si se tratase de un procedimiento judicial &ndash;en base a lo establecido en el art. 156 de la L.E.C.-.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como conclusi&oacute;n manifestamos que el avance en la regulaci&oacute;n del procedimiento monitorio ha podido solventar dos de las importantes trabas que pesaban sobre el mismo; el &ldquo;numerus clausus&rdquo; de su competencia terrotorial &ndash;s&oacute;lo era competente el Tribunal correspondiente al domicilio del deudor, tal y como figuraba as&iacute; en la primera regulaci&oacute;n del procedimiento en la Ley-; as&iacute; como en la posibilidad e que el acreedor acuda al auxilio judicial para localizar el domicilio del deudor si no ha sido posible requerirle en el primer acto judicial de requerimiento. No obstante, a&uacute;n quedan por solventar otras importes trabas que actualmente est&aacute;n siendo objeto de estudio en el Ministerio de Justicia, como son; la posibilidad de que el procedimiento monitorio opere del mismo modo que el procedimiento cambiario; presuposici&oacute;n de existencia de una deuda con la aportaci&oacute;n de documento demostrativo de la misma y embargo preventivo de los bienes del deudor desde el mismo momento en que se dicta Resoluci&oacute;n admitiendo la petici&oacute;n de inicio de procedimiento monitorio; as&iacute; como la posibilidad de que el acto de requerimiento se efect&uacute;e a trav&eacute;s de los procuradores, al mismo modo como ya operan en los procedimiento declarativos &ldquo;ex&rdquo; art. 155 de la L.E.C.<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-2554","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/2554","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2554"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2554"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=2554"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=2554"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=2554"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=2554"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}