{"id":2780,"date":"2016-10-27T22:00:00","date_gmt":"2016-10-27T22:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"abogados-responsabilidad-civil-de-producto","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/en\/publicacion\/abogados-responsabilidad-civil-de-producto\/","title":{"rendered":"Actualidad jurisprudencial en materia de responsabilidad civil de productos defectuosos"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n\tComo <strong>abogados especialistas en responsabilidad civil de producto<\/strong> analizaremos la sentencia referida por la que se absolvi&oacute; a una entidad<br \/>\n\taseguradora de la reclamaci&oacute;n formulada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La actora- recurrente en reclamaci&oacute;n de una indemnizaci&oacute;n por las heridas sufridas al encender la mecha de un cohete y explosionar &eacute;ste en la mano del actor, se alza esta parte alegando: a) la aplicaci&oacute;n del principio de la<br \/>\n\tinversi&oacute;n de la carga de la prueba por tratarse de una actividad de riesgo; b) error en la valoraci&oacute;n de la prueba, al no haberse acreditado la concurrencia en el caso de autos de ninguno de los supuestos de exoneraci&oacute;n de responsabilidad<br \/>\n\tprevistos en la Ley 22\/1994, de 6 de Julio, sobre responsabilidad civil por los da&ntilde;os causados por productos defectuosos; c) se han acreditado las lesiones producidas con el informe pericial aportado; d) alternativamente, ha existido una concurrencia<br \/>\n\tde culpas<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de autos resultan como hechos acreditados que, el d&iacute;a 8 de Marzo de 2007, el actor (..) se encontraba en su localidad (..) lanzando cohetes que hab&iacute;a adquirido en la pirotecnia propiedad de la codemandada (..), siendo su vendedor<br \/>\n\tel otro codemandado (..), teniendo una p&oacute;liza de responsabilidad civil suscrita con la codemandada (&hellip;.). Uno de los cohetes lanzados por el actor le explosion&oacute; en la mano, caus&aacute;ndoles las lesiones descritas en la demanda.<br \/>\n\tSe ejercita una acci&oacute;n de responsabilidad civil contra los demandados, basada en las disposiciones contenidas en el Texto Refundido de la Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios, RDL 1\/2007, de 16 de Noviembre, por estar en presencia<br \/>\n\tde un supuesto de da&ntilde;os causados por productos defectuosos, con aplicaci&oacute;n del principio de responsabilidad objetiva.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La demanda, y por ende el recurso, se basa en la afirmaci&oacute;n de que estamos en presencia de un suceso acaecido por haberse vendido un producto defectuoso. Entiende la parte apelante que ha quedado acreditado con las pruebas practicadas que el cohete<br \/>\n\texplot&oacute; inmediatamente despu&eacute;s de ser prendida la mecha, lo que acredita el defecto del producto y la aplicaci&oacute;n del principio de responsabilidad objetiva.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Planteada de este modo la cuesti&oacute;n litigiosa, el marco legislativo que regula la responsabilidad por da&ntilde;os causados por productos defectuosos que actualmente est&aacute; regulada en los art&iacute;culos 135 y siguientes del real decreto<br \/>\n\tlegislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias. Esta Ley tiene por objeto la adaptaci&oacute;n del Derecho espa&ntilde;ol<br \/>\n\ta la Directiva 85\/374\/CEE, de 25 de julio de 1985, sobre responsabilidad civil por los da&ntilde;os ocasionados por productos defectuosos. Siguiendo la Directiva, la Ley establece un r&eacute;gimen de responsabilidad objetiva, aunque no absoluta, permitiendo<br \/>\n\tal fabricante exonerarse de responsabilidad en los supuestos que se enumeran.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Sentencia objeto de an&aacute;lisis recoge la doctrina del Tribunal Supremo como la Sentencia de 9 de diciembre de 2010 que expresa que &#8220;<em>el car&aacute;cter defectuoso del producto, al que se liga el nacimiento de la responsabilidad, responde a circunstancias de car&aacute;cter objetivo<\/em>&rdquo;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Atendiendo a esta exigencia de car&aacute;cter objetivo el art&iacute;culo 139 del texto refundido dispone que &#8220;<em>El perjudicado que pretenda obtener la valoraci&oacute;n de los da&ntilde;os causados tendr&aacute; que probar el defecto, el da&ntilde;o y la relaci&oacute;n de causalidad de ambos&#8221;, por lo que, como se dice en la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (secci&oacute;n 1&ordf;) de 1 de Diciembre de 2015, &#8220;la premisa sobre la que pivotan los criterios de imputabilidad antes explicados, gira en torno a la prueba de que el producto ha tenido o se ha comportado de modo an&oacute;malo, pues solo si es as&iacute; podr&aacute; presumirse que adolec&iacute;a de un defecto aunque no pueda precisarse su entidad ni origen<\/em>&#8220;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En lo que respecta al car&aacute;cter defectuoso de un producto es de inter&eacute;s la STS de 23 de noviembre de 2007, que se expresa en los siguientes t&eacute;rminos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8220;<em>A la convicci&oacute;n y, por ende, demostraci&oacute;n de que un producto es defectuoso, se puede llegar, en ausencia de pruebas directas, a trav&eacute;s de la prueba de presunciones, habida cuenta que, en muchas ocasiones, el da&ntilde;o se produce por la destrucci&oacute;n del propio producto, con lo que se imposibilita, a su vez, el an&aacute;lisis del mismo. De este modo, habi&eacute;ndose declarado probado que la explosi&oacute;n no tuvo su origen en defectos de almacenamiento o manipulaci&oacute;n, resulta razonable concluir que el producto adolec&iacute;a de la falta de seguridad que cab&iacute;a esperar, y por lo tanto que era defectuoso, en el sentido del ; sobre todo a la vista de las especiales caracter&iacute;sticas de seguridad que deben tener los productos pirot&eacute;cnicos, a lo que se ha de a&ntilde;adir la falta de informaci&oacute;n al usuario de los cohetes, pues no se acredit&oacute; que a los mismos se acompa&ntilde;aran las pegatinas con las instrucciones de uso<\/em>&#8220;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La alegaci&oacute;n de la parte apelante- desde nuestra experiencia como <strong>asesores en responsabilidad civil de producto<\/strong>&#8211; consiste en la existencia de un defecto de fabricaci&oacute;n, y, apoy&aacute;ndose en la prueba testifical que se<br \/>\n\tpractic&oacute; a su instancia, afirma que el cohete fue sujetado por el actor con la mano derecha y se dispuso a prenderlo, no d&aacute;ndole ni siquiera tiempo a alejarse cuando el mismo explot&oacute; de manera inmediata, sin transcurrir el normal<br \/>\n\tlapso de tiempo de combusti&oacute;n de la mecha, lo que denota su claro defecto de fabricaci&oacute;n interno.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los tres testigos refieren que el cohete explot&oacute; cuando el actor lo sujetaba con su mano, sin que se elevara. Ya se ha puesto de relieve que en cada cohete aparec&iacute;a la advertencia de &#8220;no coger con la mano&#8221;, advertencia a la que el actor<br \/>\n\thizo caso omiso. Pero es que, en cualquier caso, los testigos no pudieron determinar el grado de presi&oacute;n ejercida por el actor sobre el artefacto, y, por supuesto, en modo alguno, pudieron acreditar que el cohete tuviera alg&uacute;n defecto de<br \/>\n\tfabricaci&oacute;n.\n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Perito consultor especialista en control de calidad en pirotecnia, Juan Carlos, emiti&oacute; un informe el cual, referido al objeto pirot&eacute;cnico &#8220;cohete volador n&uacute;mero 7 largo&#8221;, afirm&oacute; que: a) debido a las caracter&iacute;sticas<br \/>\n\tde constituci&oacute;n del artificio es imposible que ocurra un defecto de fabricaci&oacute;n capaz de hacer estallar un cohete volador a nivel del suelo puesto que la constituci&oacute;n del artificio lo impide&#8221;; b) &#8220;una vez se ha iniciado la combusti&oacute;n<br \/>\n\tde la mecha &eacute;sta transmite el fuego al motor propulsor y se produce la elevaci&oacute;n del artificio en el aire&#8221;;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Conclusi&oacute;n:<\/span><\/strong> En la descripci&oacute;n de los hechos de autos qued&oacute; acreditado que el producto no adolec&iacute;a de defectos y que el uso del producto por el reclamante, no<br \/>\n\tfue la adecuada al manipularlo con las manos lo que estaba expresamente prohibido en las indicaciones que ni siguiera se hab&iacute;a le&iacute;do, lo que lleva a la desestimaci&oacute;n del recurso.<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-2780","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/2780","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2780"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2780"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=2780"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=2780"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=2780"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=2780"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}