{"id":3335,"date":"2023-01-04T15:36:06","date_gmt":"2023-01-04T15:36:06","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"el-periodo-de-prueba-uso-y-abuso-como-causa-de-extincion","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/en\/publicacion\/el-periodo-de-prueba-uso-y-abuso-como-causa-de-extincion\/","title":{"rendered":"El periodo de prueba: uso y abuso como causa de extinci\u00f3n."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p><span style=\"text-align: justify;\">El art&iacute;culo 14 del Estatuto de los Trabajadores regula el &ldquo;periodo de prueba&rdquo;, estableci&eacute;ndose en primer lugar que el mismo &ldquo;podr&aacute; concertarse por escrito&rdquo;, es decir que el primer elemento para un uso debido de esta figura es que el mismo debe figurar por escrito acordado en el correspondiente contrato de trabajo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Durante el periodo de prueba, la persona trabajadora tendr&aacute; los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempe&ntilde;e como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resoluci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral, que podr&aacute; producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso, sin que se genere derecho a indemnizaci&oacute;n alguna a favor de la persona trabajadora, no requiri&eacute;ndose especiales requisitos formales en dicha comunicaci&oacute;n de acuerdo a la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de abril de 2007.<br \/>No obstante lo anterior el Estatuto de los Trabajadores establece algunas limitaciones a su incorporaci&oacute;n en el contrato de trabajo, que hay que tener en cuenta para evitar su abuso y los riesgos legales que puede conllevar un mal enfoque jur&iacute;dico de esta figura, cuales son:&nbsp;<\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Ser&aacute; nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempe&ntilde;ado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contrataci&oacute;n.<\/span><br \/>As&iacute; por ejemplo el Tribunal Supremo en Sentencia de 18\/01\/2005 ha calificado con nulo un pacto de periodo de prueba cuando el trabajador ya hab&iacute;a prestado sus servicios para la empresa al amparo de otro contrato de trabajo e id&eacute;nticas funciones.\n<p>Para algunos Tribunales como el Tribunal Superior de Justicia de Catalu&ntilde;a (STSJ Catalu&ntilde;a 20\/09\/2004) incluso dicho pacto de prueba ser&iacute;a nulo, si la persona trabajadora hab&iacute;a prestado sus servicios para la empresa a trav&eacute;s de una Empresa de Trabajo Temporal.<\/p>\n<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">La resoluci&oacute;n a instancia empresarial ser&aacute; nula en el caso de las trabajadoras por raz&oacute;n de embarazo, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del per&iacute;odo de suspensi&oacute;n a que se refiere el art&iacute;culo 48.4 del E.T. (permiso nacimiento), salvo que concurran motivos no relacionados con el embarazo o maternidad.<\/span><br \/>Esta previsi&oacute;n del art&iacute;culo 14 del Estatuto de los Trabajadores, en nuestra opini&oacute;n como abogados especializados en derecho laboral, entendemos que establece una denominada causa de &ldquo;nulidad objetiva&rdquo; (al igual que sucede con el r&eacute;gimen de despidos disciplinarios y objetivos) que conllevar&iacute;a en sede judicial la declaraci&oacute;n de despido nulo y obligatoria readmisi&oacute;n, siempre que no se pueda acreditar de manera totalmente objetiva que la decisi&oacute;n de no superaci&oacute;n de prueba es por motivos propios de la actividad profesional de la persona trabajadora totalmente desvinculados del embarazo o permiso.\n<p>As&iacute; por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declar&oacute; despido nulo el cese por no superaci&oacute;n de periodo de prueba de un trabajador que en escasas fecha previas hab&iacute;a solicitado el permiso de paternidad, y la empresa no demostr&oacute; una justificaci&oacute;n objetiva y razonable.<\/p>\n<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopci&oacute;n, guarda con fines de adopci&oacute;n, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de g&eacute;nero, que afecten a la persona trabajadora durante el periodo de prueba, interrumpen el c&oacute;mputo del mismo siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes.<\/span>\n<p>Es decir, que las situaciones de suspensi&oacute;n del contrato mencionadas en el art&iacute;culo 14 del Estatuto de los Trabajadores, no interrumpen el periodo de prueba salvo que as&iacute; se hubiera previsto en la cl&aacute;usula contractual que regula el periodo de prueba, algo que como abogados laboralistas recomendamos expresamente a las empresas, con el fin de que efectivamente se pueda realizar un verdadero periodo de prueba cuando se producen estas interrupciones o suspensiones durante el periodo pactado.<\/p>\n<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">En cuanto a su duraci&oacute;n, ser&aacute; la que se establezca en los convenios colectivos. En defecto de pacto en convenio, la duraci&oacute;n del periodo de prueba no podr&aacute; exceder de seis meses para los t&eacute;cnicos titulados, ni de dos meses para los dem&aacute;s trabajadores.<\/span>\n<p>Adicionalmente hay que tener en cuenta otras limitaciones previstas sobre su duraci&oacute;n, pues en las empresas de menos de veinticinco trabajadores el periodo de prueba no podr&aacute; exceder de tres meses para los trabajadores que no sean t&eacute;cnicos titulados, y en el supuesto de los contratos temporales de duraci&oacute;n determinada concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podr&aacute; exceder de un mes, salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo. En este sentido, si la cl&aacute;usula de periodo de prueba excediera los l&iacute;mites previstos en el Convenio Colectivo y Estatuto, la calificaci&oacute;n judicial del cese en el periodo de prueba ser&aacute; la improcedencia del despido (STS 20\/07\/2011).<\/p>\n<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por todo ello, considerando que este tipo de causa de extinci&oacute;n del contrato ha aumentado su utilizaci&oacute;n desde la entrada en vigor de la reforma laboral que limita sustancialmente las posibilidades de contrataci&oacute;n temporal, como abogados laboralistas con amplia experiencia pr&aacute;ctica procesal prevemos un aumento de la litigiosidad ante los Juzgados de lo Social ante las extinciones por no superaci&oacute;n de periodo de prueba que como hemos visto en algunos casos puede finalizar con una declaraci&oacute;n de despido nulo, por lo que desde el <strong><\/strong> recomendamos tanto desde la perspectiva empresarial como de la perspectiva de las personas trabajadoras el obtener un asesoramiento jur&iacute;dico adecuado.<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-3335","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/3335","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3335"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3335"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=3335"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=3335"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=3335"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=3335"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}