{"id":16299,"date":"2025-06-09T10:34:39","date_gmt":"2025-06-09T10:34:39","guid":{"rendered":"https:\/\/belzuz.com\/?post_type=publicacion&#038;p=16299"},"modified":"2025-06-17T11:36:02","modified_gmt":"2025-06-17T11:36:02","slug":"puede-renunciarse-a-la-pension-compensatoria-en-base-a-un-acuerdo-prematrimonial","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/puede-renunciarse-a-la-pension-compensatoria-en-base-a-un-acuerdo-prematrimonial\/","title":{"rendered":"\u00bfPuede renunciarse a la pensi\u00f3n compensatoria en base a un acuerdo prematrimonial?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Desde el\u00a0departamento de derecho\u00a0<strong>de familia y sucesiones<\/strong><strong>\u00a0de\u00a0<a style=\"text-align: justify;\" href=\"http:\/\/belzuz.com\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a><\/strong>, con este este art\u00edculo pretendemos definir y aclarar la Validez y eficacia, as\u00ed como las limitaciones y control judicial de estos prematrimoniales:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022\u00a0<strong>Validez y eficacia de los pactos<\/strong>\u00a0prematrimoniales<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los pactos prematrimoniales que incluyen la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria son v\u00e1lidos y eficaces si se desarrollan dentro de los l\u00edmites l\u00edcitos de la autonom\u00eda de la voluntad. Estos acuerdos no pierden su eficacia como negocio jur\u00eddico, incluso si no son homologados por el juzgado, y pueden ser formalizados en documento privado o en escritura de capitulaciones matrimoniales. La validez de estos pactos se puede hacer valer en un proceso ordinario, y su eficacia depende de que no se infrinjan los principios de igualdad y libertad entre los c\u00f3nyuges. Adem\u00e1s, la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria debe ser clara, terminante e inequ\u00edvoca, constituyendo una expresi\u00f3n indiscutible de la voluntad de quien renuncia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022\u00a0<strong>Limitaciones y control judicial de los pactos<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aunque los pactos prematrimoniales permiten la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria, existe la posibilidad de que sean revisables al producirse la ruptura matrimonial. Esto se debe a que debe haber un control judicial posterior para evitar situaciones gravemente perjudiciales para uno de los c\u00f3nyuges. En algunos casos, se ha considerado que la renuncia podr\u00eda ser revisada si se demuestra que el consentimiento no fue libremente formado o si aparecen circunstancias no previstas que colocan a un c\u00f3nyuge en una situaci\u00f3n de precariedad. Adem\u00e1s, la cl\u00e1usula rebus sic stantibus puede aplicarse si hay una alteraci\u00f3n sobrevenida que justifique la modificaci\u00f3n de los pactos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para mayor claridad , vamos a poner como ejemplo una reciente sentencia del Tribunal Supremo, en un supuesto en que las partes rechazan la pensi\u00f3n compensatoria en caso de divorcio en base a un acuerdo prematrimonial,y esta se\u00f1ala las circunstancias que permiten declarar la eficacia de dicho acuerdo:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>Proceso de divorcio solicitando la esposa demandante pensi\u00f3n compensatoria. Unos meses antes de contraer matrimonio las partes firmaron ante notario acuerdo prematrimonial expresando, en caso de separaci\u00f3n o divorcio, su renuncia a reclamar al otro indemnizaci\u00f3n o\/y pensi\u00f3n compensatoria o el uso del domicilio conyugal.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>El juzgado de primera instancia reconoc\u00eda la pensi\u00f3n compensatoria interesada por un tiempo de dos a\u00f1os, en consideraci\u00f3n a la edad y cualificaci\u00f3n laboral de la demandante.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>Consideraba nula la renuncia prematrimonial de la esposa a la pensi\u00f3n compensatoria, por ser contraria al derecho a la igualdad en relaci\u00f3n a su situaci\u00f3n de precariedad.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>Interpuso recurso de apelaci\u00f3n el esposo que result\u00f3 estimado por la AP, en consideraci\u00f3n al car\u00e1cter disponible de la pensi\u00f3n compensatoria y la autonom\u00eda de la voluntad, entendiendo el pacto prematrimonial firmado como un negocio jur\u00eddico v\u00e1lido, sin conculcaci\u00f3n del derecho de igualdad entre los c\u00f3nyuges, evidenciado por la edad, profesi\u00f3n y experiencia anterior de la esposa, que la hac\u00edan plenamente consciente del acuerdo alcanzado, de implicaciones exclusivamente econ\u00f3micas entre los mismos, dada la inexistencia de hijos comunes.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>La esposa interpone recurso de casaci\u00f3n, considerando indebidamente aplicada la doctrina jurisprudencial sobre la validez de los pactos prematrimoniales y los l\u00edmites a los mismos.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>onforme a ella, este tipo de pactos no pueden resultar contrarios a la ley, la moral o al orden p\u00fablico, ni causar perjuicio a terceros; entendi\u00e9ndose que en determinadas circunstancias la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria contenida en los mismos puede resultar nula. En su caso, refiere al desconocimiento del idioma, dado su origen extranjero, para conocer los t\u00e9rminos de lo firmado, desigualdad y abuso de posici\u00f3n dominante del esposo.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>El TS desestima el recurso en base a tres consideraciones. En primer lugar, que la esposa, por su formaci\u00f3n y experiencia, conoc\u00eda la trascendencia de los pactos. En segundo lugar, atendiendo a la escasa duraci\u00f3n del matrimonio y a la existencia de una situaci\u00f3n econ\u00f3mica fluida gracias a la ausencia de descendencia com\u00fan y una formaci\u00f3n y edad que facultan a la esposa para una r\u00e1pida inserci\u00f3n laboral, que con los pactos no se someti\u00f3 a la esposa a una situaci\u00f3n de precariedad previsible, contraria al orden p\u00fablico. En tercer lugar, que los pactos se acordaron bajo una relaci\u00f3n de mutua confianza que impide hablar de sometimiento o atentado contra la igualdad, libertad o dignidad de la esposa frente al esposo.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Conclusi\u00f3n:<\/strong><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\">1. La renuncia es una declaraci\u00f3n de voluntad, recepticia o no, dirigida al abandono o dejaci\u00f3n de un beneficio, cosa, derecho, expectativa o posici\u00f3n jur\u00eddica. En el \u00e1mbito de la prestaci\u00f3n compensatoria, siendo admisible la renuncia, se le exigen las condiciones generales de la renuncia de derechos, esto es, que sea personal, clara, terminante, inequ\u00edvoca y constituya expresi\u00f3n indiscutible de la voluntad de quien renuncia.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\">2. La renuncia impide que en un momento ulterior pueda volver a reclamarse la prestaci\u00f3n compensatoria, por lo que la formulada en procedimiento de separaci\u00f3n impide su reclamaci\u00f3n en un ulterior litigio de divorcio de los c\u00f3nyuges.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\">3. La renuncia expresada en documento privado es plenamente v\u00e1lida, no necesitando de la aprobaci\u00f3n judicial para tener eficacia, habida cuenta que la pensi\u00f3n compensatoria es un derecho sujeto al principio de la autonom\u00eda de la voluntad y su renuncia por el interesado o beneficiario no viene sujeta a forma documental espec\u00edfica .Conclusi\u00f3n<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">1. La renuncia anticipada a la pensi\u00f3n compensatoria puede ser v\u00e1lida, pero debe ser clara y expresa, asegurando que ambas partes comprenden las implicaciones de dicha renuncia.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">2. Es recomendable que los acuerdos prematrimoniales sean redactados con la asistencia de un abogado especializado en derecho de familia, para garantizar que se cumplan todos los requisitos legales y que la renuncia no sea considerada nula en el futuro.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">3. La jurisprudencia ha establecido que la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria es admisible siempre que se respete la igualdad y dignidad de los c\u00f3nyuges, y que no se genere un desequilibrio econ\u00f3mico que impida a uno de ellos atender sus necesidades b\u00e1sicas.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">4. Es importante tener en cuenta que la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria no puede ser impuesta, debe ser un acuerdo voluntario y consensuado entre ambas partes, reflejando su autonom\u00eda de voluntad.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">5. Los c\u00f3nyuges deben ser conscientes de que, aunque la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria sea v\u00e1lida, esta no puede afectar a derechos irrenunciables, como los derechos alimentarios de los hijos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">6. En caso de que se produzca un cambio significativo en las circunstancias econ\u00f3micas de alguno de los c\u00f3nyuges, es posible solicitar la modificaci\u00f3n o extinci\u00f3n de la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria, siempre que se justifique adecuadamente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px; text-align: justify;\">7. Finalmente, es recomendable que cualquier pacto prematrimonial que incluya la renuncia a la pensi\u00f3n compensatoria sea formalizado por escrito y, si es posible, homologado judicialmente para evitar futuras disputas sobre su validez.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el\u00a0departamento de\u00a0<strong>derecho\u00a0de familia y sucesiones<\/strong><strong style=\"text-align: justify;\">\u00a0de\u00a0<a href=\"http:\/\/belzuz.com\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a><\/strong>\u00a0entendemos que estos consejos pueden ayudar a los c\u00f3nyuges a tomar decisiones informadas y a proteger sus derechos en el contexto de un acuerdo prematrimonial.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[142],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-16299","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","publicaciones-clara-belzuz-fernandez","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/16299","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16299"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16299"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=16299"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=16299"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=16299"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=16299"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}