{"id":16387,"date":"2025-06-17T10:04:23","date_gmt":"2025-06-17T10:04:23","guid":{"rendered":"https:\/\/belzuz.com\/?post_type=publicacion&#038;p=16387"},"modified":"2025-06-17T11:38:50","modified_gmt":"2025-06-17T11:38:50","slug":"impacto-de-la-nueva-normativa-sobre-los-creadores-de-contenido-digital-un-nuevo-escenario-legal-para-los-influencers","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/impacto-de-la-nueva-normativa-sobre-los-creadores-de-contenido-digital-un-nuevo-escenario-legal-para-los-influencers\/","title":{"rendered":"Impacto de la Nueva Normativa sobre los Creadores de Contenido Digital: Un Nuevo Escenario Legal para los Influencers"},"content":{"rendered":"<p>Con el desarrollo de las nuevas tecnolog\u00edas y de las redes sociales, el sector publicitario y de comunicaci\u00f3n audiovisual ha experimentado un gran cambio en la forma de transmitir los contenidos al p\u00fablico general. Este nuevo canal de comunicaci\u00f3n ha propiciado la regulaci\u00f3n del mismo, primero con la Ley General de Comunicaci\u00f3n Audiovisual 13\/2022 y, posteriormente, con la aprobaci\u00f3n del Real Decreto 444\/2024, de 30 de abril, por el que se regulan los requisitos a efectos de ser considerado usuario de especial relevancia de los servicios de intercambio de v\u00eddeos a trav\u00e9s de la plataforma.<\/p>\n<p>Esto ha supuesto un antes y un despu\u00e9s en la regulaci\u00f3n de los creadores de contenido digital en Espa\u00f1a, conocidos como \u201cinfluencers\u201d, introduciendo una regulaci\u00f3n detallada que establece unas obligaciones para usuarios de especial relevancia en plataformas conocidas como TikTok, Instagram o Twitch.<\/p>\n<p>Desde el Departamento de Derecho Digital y Entretenimiento de <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a>, analizamos el alcance de esta normativa, sus implicaciones para los <em>influencers<\/em>, y las dificultades interpretativas que podr\u00edan surgir al momento de aplicarla.<\/p>\n<p>Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 444\/2024, la regulaci\u00f3n de los servicios de intercambio de v\u00eddeos en Espa\u00f1a se sustentaba en disposiciones generales que no diferenciaban adecuadamente entre los diversos tipos de usuarios ni consideraban el impacto espec\u00edfico de cada uno.<\/p>\n<p>La irrupci\u00f3n del contenido generado por usuarios en plataformas como YouTube o Instagram ha transformado el espacio comunicativo. En respuesta a esta realidad, este Decreto establece un marco normativo m\u00e1s preciso, desarrollando principalmente el art\u00edculo 94 de la Ley 13\/2022, indicando espec\u00edficamente qui\u00e9nes son los sujetos que ostentan la consideraci\u00f3n de usuarios de especial relevancia. El Real Decreto fija los criterios concretos para identificar a aquellos creadores de contenido que, por su alcance e influencia, deben asumir responsabilidades adicionales en el entorno digital.<\/p>\n<p><strong>Sujetos obligados y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El Real Decreto 444\/2024 se aplica exclusivamente a los usuarios de especial relevancia (\u201cinfluencer\u201d) en plataformas de intercambio de v\u00eddeos, y para ser clasificados como tal, deben concurrir simult\u00e1neamente los siguientes requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>Ingresos significativos: ingresos brutos iguales o superiores a 300.000\u20ac anuales, derivados exclusivamente de su actividad en plataformas digitales;<\/li>\n<li>Alcanzar una audiencia m\u00ednima de un mill\u00f3n de seguidores en un \u00fanico servicio de intercambio de v\u00eddeos a trav\u00e9s de una \u00fanica plataforma o dos millones entre varias plataformas;<\/li>\n<li>Publicar al menos 24 v\u00eddeos al a\u00f1o, sin exigencia de duraci\u00f3n concreta generando un volumen de interacci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta delimitaci\u00f3n objetiva, tiene como finalidad evitar que la norma afecte a los creadores ocasionales o de baja influencia, centr\u00e1ndose fundamentalmente en aquellas personas que tienen capacidad real para influir sobre la opini\u00f3n p\u00fablica y las decisiones de consumo, especialmente de menores. Se trata de un servicio cuyo prop\u00f3sito es informar, educar o incluso entretener al p\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Obligaciones legales de creadores de contenido bajo esta ley <\/strong><\/p>\n<p>A los <em>influencers<\/em> se les impone un conjunto de obligaciones formales y sustantivas, entre las que destacan: su inscripci\u00f3n en el Registro Estatal de prestadores del servicio de comunicaci\u00f3n audiovisual, que permite a las autoridades monetizar y supervisar de forma eficaz la actividad de estos usuarios, asegur\u00e1ndose de que los usuarios con gran influencia sobre el p\u00fablico act\u00faen con responsabilidad y siguiendo principios \u00e9ticos.<\/p>\n<p>Los creadores de contenido deben indicar de forma expresa y visible cu\u00e1ndo un contenido ha sido patrocinado, con el objetivo de evitar cualquier tipo de confusi\u00f3n respecto de su car\u00e1cter promocional. Por ejemplo, los <em>influencers<\/em> en una historia de Instagram est\u00e1n obligados a indicar expresamente cuando el contenido haya sido patrocinado, utilizando el siguiente texto: <em>#ad<\/em>. Asimismo, est\u00e1n obligados a declarar los ingresos procedentes de actividades publicitarias, colaboraciones patrocinadas, asegurando la transparencia sobre el origen de su financiaci\u00f3n ante la audiencia.<\/p>\n<p>Otra obligaci\u00f3n que deben cumplir es la protecci\u00f3n espec\u00edfica y especial de los menores, evitando contenidos que puedan afectar a su desarrollo f\u00edsico, mental o moral. A su vez, los <em>influencers<\/em> deben asegurarse de que su contenido sea apropiado y no lesivo para los menores, obligados a respetar la normativa aplicable a las comunicaciones comerciales, velando porque estas sean claras y no induzcan a error. Podemos destacar que entre una de sus obligaciones se encuentra la prohibici\u00f3n de promocionar alcohol, tabaco o juegos de azar.<\/p>\n<p>Estos usuarios de especial relevancia deben adoptar medidas m\u00e1s estrictas para prevenir cualquier vulneraci\u00f3n de los derechos de propiedad intelectual. Est\u00e1n igualmente obligados a establecer una distinci\u00f3n clara y visible entre sus manifestaciones personales y aquellos mensajes que responden a fines publicitarios o patrocinados.<\/p>\n<p>De este modo, se establece un r\u00e9gimen jur\u00eddico sustancialmente semejante al que deben cumplir los prestadores tradicionales de servicios audiovisuales, como cadenas de televisi\u00f3n o productoras de contenidos.<\/p>\n<p><strong>Retos Pr\u00e1cticos y dificultades interpretativas<\/strong><\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica del Real Decreto plantea desaf\u00edos significativos tanto para los creadores de contenido como para las empresas del sector. Uno de los principales retos reside en la correcta identificaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de los ingresos generados, que pueden proceder de fuentes muy diversas (publicidad, colaboraciones, <em>merchandising<\/em>, eventos, etc.).<\/p>\n<p>Asimismo, la obligaci\u00f3n de transparencia y la protecci\u00f3n reforzada de los menores exigen una revisi\u00f3n constante de las buenas pr\u00e1cticas en materia de comunicaci\u00f3n comercial, as\u00ed como la implementaci\u00f3n de mecanismos internos de control y cumplimiento normativo. La complejidad del entorno digital y la velocidad a la que evolucionan las plataformas pueden dar lugar a situaciones de dif\u00edcil interpretaci\u00f3n, especialmente en lo relativo a la delimitaci\u00f3n de los contenidos patrocinados y el alcance de las responsabilidades legales.<\/p>\n<p>No menos relevante es el debate sobre la proporcionalidad de las sanciones y la posible colisi\u00f3n con derechos fundamentales como la libertad de expresi\u00f3n, cuestiones que previsiblemente ser\u00e1n objeto de an\u00e1lisis judicial y doctrinal en los pr\u00f3ximos a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>Conclusiones<\/strong><\/p>\n<p>A pesar de que la normativa establece una estructura clara para la regulaci\u00f3n de la actividad de los <em>influencers<\/em>, no est\u00e1 exenta de controversias que podr\u00edan surgir en su aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de los ingresos obtenidos por los creadores de contenido supone una de las principales dificultades. Estos pueden provenir de diversas fuentes, como transmisiones en vivo, contenido patrocinado o <em>merchandising<\/em>, lo que complica su valoraci\u00f3n y verificaci\u00f3n. Esta diversidad puede dificultar el cumplimiento de las obligaciones legales, ya que los creadores deber\u00e1n demostrar sus ingresos de manera precisa y transparente.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los creadores de contenido deben ser extremadamente cuidadosos al realizar una publicidad o proporcionar informaci\u00f3n a su audiencia. Cualquier error en la comunicaci\u00f3n podr\u00eda comprometer la protecci\u00f3n de los consumidores, lo que podr\u00eda resultar en sanciones. Por ello, es crucial que todos los actores del sector est\u00e9n bien informados sobre la normativa y cumplan con las responsabilidades legales para evitar consecuencias negativas que puedan afectar su trabajo y reputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Desde <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a> contamos con un equipo especializado en <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/areas-de-practica\/derecho-digital-tic\/abogados-digital-tic-madrid-espana\/\">Derecho Digital y Entretenimiento<\/a>, preparado para asesorar tanto a creadores de contenido como a agencias y empresas en la interpretaci\u00f3n y cumplimiento de esta nueva normativa. Si necesita resolver cualquier duda, implementar procedimientos de <em>compliance<\/em> o defender sus intereses ante posibles sanciones, no dude en contactar con nosotros. Nuestro compromiso es ofrecer soluciones jur\u00eddicas eficaces y personalizadas para afrontar con \u00e9xito los retos del ecosistema digital.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[405],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-16387","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","publicaciones-daniela-navas-vecino","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/16387","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16387"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16387"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=16387"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=16387"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=16387"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=16387"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}