{"id":17998,"date":"2025-10-22T15:48:32","date_gmt":"2025-10-22T15:48:32","guid":{"rendered":"https:\/\/belzuz.com\/?post_type=publicacion&#038;p=17998"},"modified":"2025-10-22T15:48:32","modified_gmt":"2025-10-22T15:48:32","slug":"el-abandono-del-puesto-de-trabajo-y-el-deber-de-informar","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/el-abandono-del-puesto-de-trabajo-y-el-deber-de-informar\/","title":{"rendered":"El abandono del puesto de trabajo y el deber de informar"},"content":{"rendered":"<p>El C\u00f3digo del Trabajo establece en su art\u00edculo 109, apartado 3, que el trabajador debe proporcionar al empleador informaci\u00f3n sobre todos los cambios relevantes para el desempe\u00f1o de la actividad laboral, hasta la fecha en que estos surtan efecto.<\/p>\n<p>En el mismo diploma legal, en el art\u00edculo 403 se define que:<\/p>\n<p>&#8211; Se considera abandono del puesto de trabajo la ausencia del trabajador del trabajo acompa\u00f1ada de hechos que, con toda probabilidad, revelen la intenci\u00f3n de no reincorporarse;<\/p>\n<p>&#8211; Se presume el abandono del trabajo en caso de ausencia del trabajador del trabajo durante al menos 10 d\u00edas h\u00e1biles consecutivos, sin que la entidad empleadora haya sido informada del motivo de la ausencia;<\/p>\n<p>&#8211; El abandono del trabajo equivale a la rescisi\u00f3n del contrato, y solo puede ser invocado por el empleador tras comunicar al trabajador los hechos que constituyen el abandono o la presunci\u00f3n de este, mediante carta certificada con acuse de recibo enviada a la \u00faltima direcci\u00f3n conocida de este.<\/p>\n<p>Los dos art\u00edculos mencionados son de extrema importancia para el an\u00e1lisis de la sentencia del <em>Tribunal da Rela\u00e7\u00e3o de Lisboa<\/em>, relativa al proceso n\u00famero 406\/24.0T8VPV.L1-4, del 10 de julio de 2025.<\/p>\n<p><strong>Del marco<\/strong><\/p>\n<p>La sentencia en cuesti\u00f3n trata sobre la presunci\u00f3n de abandono del trabajo y la validez de la notificaci\u00f3n enviada por la entidad empleadora a la direcci\u00f3n de la trabajadora que figura en el contrato de trabajo, incluso cuando la carta es devuelta.<\/p>\n<p><strong>Los hechos<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La trabajadora present\u00f3 una acci\u00f3n declarativa de condena, solicitando que se condenara a la entidad empleadora a reconocer la ilegalidad de su despido y a reincorporarla a su puesto de trabajo, alegando que hab\u00eda estado de baja m\u00e9dica y que desconoc\u00eda su despido.<\/li>\n<li>El \u00faltimo documento justificativo de las faltas entregado por la trabajadora a la entidad empleadora se refer\u00eda al per\u00edodo comprendido entre el 9 y el 20 de enero de 2024. Despu\u00e9s del 20 de enero de 2024, la trabajadora nunca m\u00e1s se present\u00f3 al trabajo y no entreg\u00f3 a la entidad empleadora ning\u00fan documento justificativo de sus faltas;<\/li>\n<li>La entidad empleadora notific\u00f3 a la trabajadora por carta certificada, a la direcci\u00f3n que figuraba en el contrato, presumiendo abandono del trabajo, por faltar al trabajo desde el 21 de enero de 2024, durante m\u00e1s de 10 d\u00edas laborables consecutivos, sin presentar ninguna justificaci\u00f3n para dicha ausencia;<\/li>\n<li>La carta fue devuelta a la entidad empleadora por el servicio postal, al no haber sido posible su entrega a la trabajadora, siendo cierto que la entidad empleadora desconoc\u00eda cualquier otra direcci\u00f3n de la trabajadora, aparte de la indicada en su contrato de trabajo;<\/li>\n<li>La trabajadora no recibi\u00f3 la carta ni tuvo conocimiento de su contenido por no haber cumplido con su obligaci\u00f3n de comunicar su nuevo domicilio, por lo que se considera que la trabajadora fue debidamente notificada, a efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo 403, apartado 3, del C\u00f3digo del Trabajo.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>La decisi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El <em>Tribunal da Rela\u00e7\u00e3o de Lisboa<\/em> decidi\u00f3 la improcedencia de la demanda de la trabajadora bas\u00e1ndose en los siguientes fundamentos:<\/p>\n<p><strong>I &#8211; El trabajador tiene la obligaci\u00f3n de indicar su domicilio a la entidad empleadora, as\u00ed como de comunicar cualquier cambio de domicilio;<\/strong><\/p>\n<p><strong>II &#8211; Dado que la entidad empleadora envi\u00f3 a la trabajadora una notificaci\u00f3n a los efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo 403, apartado 3, del C\u00f3digo de Trabajo, a la direcci\u00f3n que figura en el contrato de trabajo, sin que la trabajadora haya indicado otra direcci\u00f3n, aunque la carta haya sido devuelta, se considera que la trabajadora ha sido debidamente notificada a estos efectos.<\/strong><\/p>\n<p>El <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/areas-de-practica\/derecho-laboral\/abogados-laboral-lisboa-oporto-portugal\/\"><strong>Departamento de Derecho Laboral<\/strong><\/a> de <strong><a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a> &#8211; Sucursal en Portugal<\/strong> cuenta con profesionales cualificados que pueden prestar asesoramiento jur\u00eddico a las empresas para garantizar el cumplimiento de las normas relativas a las relaciones laborales con sus trabajadores.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":12974,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[124],"idioma-publicacion":[70],"class_list":["post-17998","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","publicaciones-ana-paula-bernardo","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/17998","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12974"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17998"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17998"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=17998"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=17998"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=17998"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}