{"id":20282,"date":"2026-02-23T17:00:57","date_gmt":"2026-02-23T16:00:57","guid":{"rendered":"https:\/\/belzuz.com\/?post_type=publicacion&#038;p=20282"},"modified":"2026-02-24T11:34:57","modified_gmt":"2026-02-24T10:34:57","slug":"informes-de-sostenibilidad-y-huella-de-carbono-nuevas-obligaciones-para-las-empresas","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/informes-de-sostenibilidad-y-huella-de-carbono-nuevas-obligaciones-para-las-empresas\/","title":{"rendered":"Informes de Sostenibilidad y Huella de Carbono: Nuevas Obligaciones para las Empresas"},"content":{"rendered":"<h3><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>Esta normativa, que desarrolla la disposici\u00f3n final duod\u00e9cima de la Ley 7\/2021, de 20 de mayo, de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica, introduce modificaciones sustanciales en el registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n de di\u00f3xido de carbono, estableciendo un marco regulatorio m\u00e1s exigente que afecta tanto a grandes empresas como a determinadas entidades del sector p\u00fablico. El Real Decreto 214\/2025 entra en vigor con obligaciones de inscripci\u00f3n anual a partir del a\u00f1o 2026, lo que exige una adaptaci\u00f3n inmediata de los sistemas de informaci\u00f3n y reporting corporativo de las organizaciones afectadas.<\/p>\n<p>La correcta comprensi\u00f3n de estas obligaciones resulta esencial para garantizar el cumplimiento normativo, evitar sanciones administrativas y aprovechar las oportunidades que ofrece la transici\u00f3n hacia una econom\u00eda baja en carbono, especialmente en un contexto de creciente presi\u00f3n regulatoria europea y de exigencias de transparencia por parte de inversores y stakeholders.<\/p>\n<h3><strong>\u00c1mbito de Aplicaci\u00f3n y Empresas Obligadas<\/strong><\/h3>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 establece un sistema de obligaciones diferenciado seg\u00fan la tipolog\u00eda de entidad afectada. En primer lugar, mantiene las obligaciones ya existentes para las sociedades que formulen cuentas consolidadas y las sociedades de capital cuyo n\u00famero medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a quinientos y tengan la consideraci\u00f3n de entidades de inter\u00e9s p\u00fablico o cumplan la condici\u00f3n para ser consideradas gran empresa, conforme al art\u00edculo 49.5 del C\u00f3digo de Comercio y el art\u00edculo 262.5 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.<\/p>\n<p>Estas empresas ya ven\u00edan obligadas a incluir en su estado de informaci\u00f3n no financiera consolidada informaci\u00f3n significativa sobre cuestiones medioambientales, particularmente sobre los elementos importantes de las emisiones de gases de efecto invernadero generados como resultado de sus actividades, las medidas adoptadas para adaptarse a las consecuencias del cambio clim\u00e1tico, y las metas de reducci\u00f3n establecidas voluntariamente a medio y largo plazo. El Real Decreto 214\/2025 no ampl\u00eda este grupo de empresas, pero s\u00ed refuerza los mecanismos de control y establece criterios m\u00e1s precisos sobre el contenido y la metodolog\u00eda de c\u00e1lculo de la huella de carbono.<\/p>\n<p>Un aspecto especialmente relevante es que este conjunto de empresas no queda obligado a inscribirse en el registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n de di\u00f3xido de carbono, pero s\u00ed a dar publicidad a la informaci\u00f3n sobre su huella de carbono y su plan de reducci\u00f3n. El Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico establecer\u00e1 los mecanismos necesarios para facilitar la inscripci\u00f3n en el registro en caso de que esta se solicite de manera voluntaria, lo que puede resultar estrat\u00e9gicamente conveniente para determinadas organizaciones que deseen obtener reconocimiento p\u00fablico de sus esfuerzos en materia de sostenibilidad.<\/p>\n<p>Por otro lado, el Real Decreto 214\/2025 incorpora una novedad sustancial al establecer la obligaci\u00f3n de calcular la huella de carbono y elaborar un plan de reducci\u00f3n para los departamentos ministeriales de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos, las entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social, y otras entidades del sector p\u00fablico administrativo estatal. Estas entidades estar\u00e1n obligadas a la inscripci\u00f3n anual en el registro a partir del a\u00f1o 2026, estableciendo as\u00ed un est\u00e1ndar de transparencia y compromiso clim\u00e1tico para el sector p\u00fablico que puede servir de referencia para el sector privado.<\/p>\n<p><strong>Si su empresa necesita asesoramiento especializado en el cumplimiento de las nuevas obligaciones en materia de huella de carbono y sostenibilidad, nuestro equipo en el <\/strong><a href=\"https:\/\/belzuz.com\/areas-de-practica\/derecho-mercantil-y-societario\/derecho-mercantil-y-societario-espana\/\"><strong>Departamento de Derecho Mercantil<\/strong><\/a><strong> de <\/strong><a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\"><strong>Belzuz Abogados, S.L.P.<\/strong><\/a> <strong>puede asesorarle sobre las opciones legales disponibles y la estrategia m\u00e1s adecuada para proteger sus intereses.<\/strong><\/p>\n<h3><strong>Conceptos Fundamentales: Huella de Carbono y Compensaci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 introduce definiciones precisas de los conceptos fundamentales que articulan el sistema de c\u00e1lculo y compensaci\u00f3n de emisiones. La huella de carbono de organizaci\u00f3n se define como la totalidad de gases de efecto invernadero provenientes por efecto directo o indirecto de la actividad de dicha organizaci\u00f3n, lo que incluye no solo las emisiones directas derivadas de fuentes controladas por la organizaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n las emisiones indirectas asociadas a la adquisici\u00f3n de energ\u00eda y, en determinados casos, otras emisiones indirectas de la cadena de valor.<\/p>\n<p>Esta definici\u00f3n amplia responde a los est\u00e1ndares internacionales de medici\u00f3n de la huella de carbono, particularmente el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero (GHG Protocol), que distingue entre tres alcances de emisiones. El alcance 1 comprende las emisiones directas de fuentes controladas por la organizaci\u00f3n, como la combusti\u00f3n en calderas, veh\u00edculos o procesos industriales. El alcance 2 incluye las emisiones indirectas derivadas de la generaci\u00f3n de electricidad, calor o vapor adquiridos y consumidos por la organizaci\u00f3n. El alcance 3, m\u00e1s complejo y controvertido, abarca otras emisiones indirectas de la cadena de valor, incluyendo las emisiones derivadas de la producci\u00f3n de materiales adquiridos, el transporte de productos, el uso de productos vendidos y su tratamiento al final de su vida \u00fatil.<\/p>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 introduce adem\u00e1s el concepto de fuente de emisiones significativas de alcance 1 y 2, definida como aquella que genera emisiones que suponen m\u00e1s del cinco por ciento de las emisiones totales de alcance 1 y 2 de la organizaci\u00f3n. Esta definici\u00f3n resulta relevante para determinar el nivel de detalle y precisi\u00f3n requerido en el c\u00e1lculo de la huella de carbono, estableciendo un umbral de materialidad que permite a las organizaciones concentrar sus esfuerzos en las fuentes de emisiones m\u00e1s relevantes.<\/p>\n<p>En cuanto a la compensaci\u00f3n, el Real Decreto la define como la adquisici\u00f3n voluntaria de una cantidad de CO2 equivalente a una parte o a la totalidad de las emisiones inscritas en la secci\u00f3n de huella de carbono y compromisos de reducci\u00f3n, con la que una organizaci\u00f3n o evento contribuye a la mitigaci\u00f3n en el \u00e1mbito nacional. Resulta fundamental destacar el car\u00e1cter voluntario de la compensaci\u00f3n, que no sustituye en ning\u00fan caso la obligaci\u00f3n principal de reducir las emisiones en origen, sino que constituye un complemento para neutralizar aquellas emisiones que no pueden ser eliminadas a corto plazo mediante medidas de eficiencia o cambio tecnol\u00f3gico.<\/p>\n<h3><strong>Obligaciones de C\u00e1lculo y Elaboraci\u00f3n del Plan de Reducci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>Las empresas y entidades obligadas deben calcular su huella de carbono siguiendo metodolog\u00edas reconocidas internacionalmente y elaborar un plan de reducci\u00f3n que establezca objetivos cuantificados y medidas concretas para disminuir sus emisiones de gases de efecto invernadero. El art\u00edculo 49.5 del C\u00f3digo de Comercio y el art\u00edculo 262.5 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital exigen que el estado de informaci\u00f3n no financiera consolidado incluya informaci\u00f3n significativa sobre los elementos importantes de las emisiones generadas, las medidas adoptadas para adaptarse al cambio clim\u00e1tico, y las metas de reducci\u00f3n establecidas a medio y largo plazo.<\/p>\n<p>El plan de reducci\u00f3n debe ser coherente con los objetivos de descarbonizaci\u00f3n establecidos en la Ley 7\/2021, de 20 de mayo, de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica, que fija como objetivo alcanzar la neutralidad clim\u00e1tica antes del a\u00f1o 2050, con una reducci\u00f3n de las emisiones de gases de efecto invernadero del noventa por ciento respecto a las de 1990. Esto implica que las empresas deben establecer trayectorias de reducci\u00f3n ambiciosas y realistas, basadas en un an\u00e1lisis riguroso de sus fuentes de emisiones y de las opciones tecnol\u00f3gicas y organizativas disponibles para reducirlas.<\/p>\n<p>La elaboraci\u00f3n del plan de reducci\u00f3n requiere identificar las principales fuentes de emisiones de la organizaci\u00f3n, evaluar las opciones de reducci\u00f3n disponibles en t\u00e9rminos de viabilidad t\u00e9cnica y econ\u00f3mica, establecer objetivos cuantificados de reducci\u00f3n a corto, medio y largo plazo, y definir las medidas concretas que se implementar\u00e1n para alcanzar dichos objetivos. Las medidas pueden incluir mejoras de eficiencia energ\u00e9tica, sustituci\u00f3n de combustibles f\u00f3siles por energ\u00edas renovables, optimizaci\u00f3n de procesos productivos, cambios en la cadena de suministro, modificaciones en el dise\u00f1o de productos para reducir su huella de carbono a lo largo de su ciclo de vida, y otras actuaciones espec\u00edficas seg\u00fan el sector de actividad.<\/p>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 refuerza los mecanismos de seguimiento y verificaci\u00f3n del cumplimiento de los planes de reducci\u00f3n, estableciendo la obligaci\u00f3n de actualizaci\u00f3n peri\u00f3dica de la informaci\u00f3n y la posibilidad de que el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico requiera informaci\u00f3n adicional o aclaraciones sobre los datos comunicados. Esta mayor exigencia de transparencia y rendici\u00f3n de cuentas responde a la necesidad de garantizar que los compromisos de reducci\u00f3n se traduzcan en acciones efectivas y no constituyan meras declaraciones de intenciones sin impacto real sobre las emisiones.<\/p>\n<h3><strong>Registro de Huella de Carbono y Procedimiento de Inscripci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 ampl\u00eda el alcance del registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n de di\u00f3xido de carbono para dar cabida a nuevas tipolog\u00edas de proyectos de absorci\u00f3n y a las huellas de carbono de evento, introduciendo aclaraciones adicionales que permiten mejorar su funcionamiento. El registro se estructura en diferentes secciones que permiten diferenciar entre la inscripci\u00f3n de la huella de carbono y los compromisos de reducci\u00f3n, la inscripci\u00f3n de proyectos de absorci\u00f3n de CO2, y la inscripci\u00f3n de compensaciones realizadas.<\/p>\n<p>La inscripci\u00f3n en el registro tiene car\u00e1cter obligatorio para las entidades del sector p\u00fablico administrativo estatal especificadas en el art\u00edculo correspondiente del Real Decreto, que deber\u00e1n inscribirse anualmente a partir del a\u00f1o 2026. Para el resto de organizaciones, la inscripci\u00f3n mantiene su car\u00e1cter voluntario, si bien resulta altamente recomendable como mecanismo de acreditaci\u00f3n del compromiso clim\u00e1tico de la organizaci\u00f3n y como herramienta de transparencia frente a inversores, clientes y otros stakeholders.<\/p>\n<p>El procedimiento de inscripci\u00f3n requiere la presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n detallada sobre las emisiones de gases de efecto invernadero de la organizaci\u00f3n, calculadas conforme a metodolog\u00edas reconocidas internacionalmente, as\u00ed como sobre el plan de reducci\u00f3n establecido y, en su caso, sobre las compensaciones realizadas mediante la adquisici\u00f3n de absorciones de CO2 generadas en proyectos inscritos en el registro o procedentes de proyectos de reducci\u00f3n de emisiones reconocidas por el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico.<\/p>\n<h3><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>El Real Decreto 214\/2025 representa un paso significativo en el reforzamiento del marco regulatorio espa\u00f1ol en materia de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica, estableciendo obligaciones m\u00e1s precisas y exigentes para las empresas en materia de c\u00e1lculo, publicaci\u00f3n y reducci\u00f3n de su huella de carbono. Las organizaciones afectadas deben adaptar sus sistemas de informaci\u00f3n y reporting corporativo para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones, que entrar\u00e1n en vigor con car\u00e1cter obligatorio para determinadas entidades a partir del a\u00f1o 2026.<\/p>\n<p>La correcta implementaci\u00f3n de estas obligaciones requiere no solo el cumplimiento formal de los requisitos normativos, sino tambi\u00e9n la integraci\u00f3n de la gesti\u00f3n de la huella de carbono en la estrategia empresarial, identificando oportunidades de mejora de la eficiencia, reducci\u00f3n de costes energ\u00e9ticos y diferenciaci\u00f3n competitiva en un mercado cada vez m\u00e1s sensible a los criterios de sostenibilidad. Las empresas que anticipen estas tendencias y desarrollen estrategias ambiciosas de descarbonizaci\u00f3n estar\u00e1n mejor posicionadas para aprovechar las oportunidades de la transici\u00f3n energ\u00e9tica y para responder a las crecientes exigencias de transparencia por parte de inversores, clientes y reguladores.<\/p>\n<p>Desde <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/\">Belzuz Abogados, S.L.P.<\/a>, nuestro <a href=\"https:\/\/belzuz.com\/areas-de-practica\/derecho-mercantil-y-societario\/derecho-mercantil-y-societario-espana\/\">Departamento de Derecho Mercantil<\/a>, con amplia experiencia en el \u00e1rea de compliance y presencia en Espa\u00f1a y Portugal, somos expertos en asesoramiento en materia de sostenibilidad empresarial, compliance ambiental y cumplimiento de obligaciones de reporting no financiero.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":19008,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[405],"idioma-publicacion":[70],"class_list":["post-20282","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","publicaciones-daniela-navas-vecino","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/20282","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/19008"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20282"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20282"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=20282"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=20282"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=20282"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}