{"id":2643,"date":"2014-06-19T22:00:00","date_gmt":"2014-06-19T22:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"abogados-responsabilidad-civil-medica-madrid","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/abogados-responsabilidad-civil-medica-madrid\/","title":{"rendered":"El deber de declaraci\u00f3n de riesgo del asegurado"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Como especialistas en Derecho del Seguros y en concreto desde nuestra experiencia como <strong>abogados especialistas en Responsabilidad Civil M\u00e9dica<\/strong>, vamos a tratar un tema de enorme relevancia en los siniestros que tienen lugar en este sector.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Abordamos la controvertida cuesti\u00f3n en materia contractual referente al inexcusable deber de declaraci\u00f3n del riesgo por el asegurado en la formalizaci\u00f3n de un contrato de seguro<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El conocimiento del \u201cestado de riesgo\u201d como incremento del grado de probabilidad de verificaci\u00f3n del evento da\u00f1oso es necesario par que el asegurador determine las circunstancias concurrentes y estime dolo o culpa grave del tomador asegurado en la formalizaci\u00f3n del contrato de seguro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed, podemos definir la declaraci\u00f3n del riesgo como aquel deber que se requiere antes de la celebraci\u00f3n del contrato, por el que el tomador est\u00e1 obligado a notificar al asegurador todas las circunstancias que conozca que puedan influir en la valoraci\u00f3n del riesgo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Atendidas las circunstancias concurrentes, adem\u00e1s de lo expuesto anteriormente, dicha ocultaci\u00f3n intencional sobre diferentes circunstancias que determinaban la existencia de elementos agravatorios del riesgo, puede dar lugar a una infracci\u00f3n sobre las condiciones particulares y generales de la p\u00f3liza como omisi\u00f3n del deber legal de informaci\u00f3n o de respuesta a la aseguradora, tal y como se aprecia en el p\u00e1rrafo tercero del art\u00edculo 10 LCS, donde se establece distintas consecuencias para el incumplimiento del deber de informaci\u00f3n seg\u00fan que \u00e9ste se haya producido por dolo o culpa grave del tomador o no. El primer caso determina la liberaci\u00f3n del asegurador de la obligaci\u00f3n de cobertura. El segundo, una reducci\u00f3n de la prestaci\u00f3n proporcional al riesgo realmente existente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como expertos en esta materia podemos afirmar que nuestro Tribunal Supremo Sala 1\u00aa se ha pronunciado de manera contundente en las recientes resoluciones de 14 de febrero de 2014 en la que desestima el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por las sociedades beneficiarias y confirma que no procede la indemnizaci\u00f3n por el fallecimiento del directivo asegurado, ya que la no manifestaci\u00f3n por el asegurado de la enfermedad que padec\u00eda constituye omisi\u00f3n de un dato trascendental que podr\u00eda haber supuesto el rechazo de la solicitud de seguro o el incremento de la prima. Asimismo dicha Sentencia del Alto Tribunal expresa que no puede exig\u00edrsele a la aseguradora una b\u00fasqueda sin meta sobre las posibles enfermedades pues, dadas las respuestas negativas al cuestionario, era someter a la aseguradora a una investigaci\u00f3n &#8220;in genere&#8221;, que tampoco exonerar\u00eda al asegurado del dolo en el que incurri\u00f3<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la misma l\u00ednea se muestra la Sentencia del Tribunal Supremo Sala 1\u00aa de 18 de Noviembre de relativa a la Indemnizaci\u00f3n por incapacidad en un seguro de vida en la que el TS desestima el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por la asegurada demandante y confirma que no procede la indemnizaci\u00f3n reclamada a la aseguradora demandada. La asegurada ocult\u00f3 las patolog\u00edas que padec\u00eda con anterioridad a suscribir la p\u00f3liza, por lo que la aseguradora est\u00e1 exenta del pago de la indemnizaci\u00f3n reclamada por preexistencia de la enfermedad que dio lugar a la declaraci\u00f3n de incapacidad permanente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No podemos dejar de llamar la atenci\u00f3n sobre el hecho de que el contrato de seguro se incardina en los contratos de &#8220;m\u00e1xima buena fe&#8221;. La buena fe tiene una especial\u00edsima importancia en el contrato de seguro. Este principio obliga al tomador a describir total y claramente la naturaleza del riesgo que pretende asegurar, a fin de que el asegurador tenga una completa informaci\u00f3n que le permita decidir sobre su denegaci\u00f3n o aceptaci\u00f3n y, en este \u00faltimo caso, pueda aplicar la prima correcta, as\u00ed como procurar evitar la ocurrencia del siniestro o, una vez producido, intentar disminuir sus consecuencias<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por lo anteriormente expuesto, es evidente que el incumplimiento o el cumplimiento inexacto por el asegurado de este deber puede acarrear ya sea la anulabilidad del contrato si es debido a negligencia o liberando al asegurador del pago de la indemnizaci\u00f3n si dicho incumplimiento es doloso.<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-2643","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/2643","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2643"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2643"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=2643"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=2643"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=2643"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=2643"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}