{"id":2663,"date":"2014-10-29T23:00:00","date_gmt":"2014-10-29T23:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"requisito-beneficiario-pension-viudedad-conyuges-separados-divorciados","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/requisito-beneficiario-pension-viudedad-conyuges-separados-divorciados\/","title":{"rendered":"Requisito especial para ser beneficiario de pensi\u00f3n de viudedad en los conyuges separados o divorciados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Las prestaciones de la Seguridad Social han experimentado en los \u00faltimos a\u00f1os frecuentes e importantes modificaciones en su regulaci\u00f3n motivadas por las circunstancias sociales y econ\u00f3micas de cada momento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed ha ocurrido con la incapacidad temporal, con la incapacidad permanente, con la jubilaci\u00f3n, el desempleo y con las prestaciones de muerte y supervivencia; y dentro ya de estas con la pensi\u00f3n de viudedad, en la que se va a centrar el presente art\u00edculo con la implicaci\u00f3n que tiene para los despachos especializados en derecho de Familia y los jueces que tiene que dictar las sentencias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es muy frecuente que las parejas que van a pactar su separaci\u00f3n, nos pregunten a los abogados de familia, que pasar\u00eda si uno de ellos falleciese una vez separado y si el que sobrevive tiene derecho a una pensi\u00f3n de viudedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>C\u00f3nyuge separado o divorciado<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si no concurren con ning\u00fan otro beneficiario, el art\u00edculo 174.2 de la LGSS le reconoce pensi\u00f3n de viudedad siempre que se sea acreedor de pensi\u00f3n compensatoria a que se refiere el art. 97 del C\u00f3digo civil y esta quede extinguida por el fallecimiento del causante.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esto significa que se reconoce derecho a la totalidad de la pensi\u00f3n sin proporcionalidad y se condiciona el derecho a la pensi\u00f3n a que se sea acreedor de la pensi\u00f3n compensatoria a que se refiere el art. 97 del C\u00f3digo Civil.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Reflexiones e interrogantes que suscita el condicionamiento a la pensi\u00f3n&nbsp;Compensatoria seg\u00fan el criterio de numerosos abogados que somos especialistas en redactar convenios reguladores de separaci\u00f3n y divorcio:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1\u00ba. Que al condicionar la pensi\u00f3n de viudedad a la pensi\u00f3n compensatoria se ha introducido una nueva dificultad en el tratamiento de las situaciones derivadas de las separaciones matrimoniales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2\u00ba. Que la ley s\u00f3lo se refiere a la pensi\u00f3n compensatoria; de ah\u00ed que si \u00fanicamente se fija pensi\u00f3n de alimentos queda cerrado la puerta a la pensi\u00f3n de viudedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3\u00ba. Que las circunstancias se\u00f1aladas habr\u00e1n de ser tenidas en cuenta en las negociaciones que se hagan en los convenios reguladores realizados por los especialistas en derecho de familia y, en su caso, tambi\u00e9n en las sentencias que dicten los jueces , a quienes se les exige mayor especialidad tambi\u00e9n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4\u00ba. Que las medidas adoptadas en algunos casos no se compaginar\u00e1n bien con la tradicional naturaleza de la pensi\u00f3n compensatoria, que consist\u00eda en corregir el desequilibrio producido en la pareja, si lo pretendido es garantizar una pensi\u00f3n de viudedad y cubrir una necesidad futura.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5\u00ba. Que en una mayor\u00eda de casos, especialmente trat\u00e1ndose de parejas j\u00f3venes, va a existir una escasa repercusi\u00f3n pr\u00e1ctica y ello por las siguientes razones: en primer lugar porque es dif\u00edcil la fijaci\u00f3n de una pensi\u00f3n con car\u00e1cter vitalicio y en segundo lugar porque, aunque la pensi\u00f3n se haya acordado con tal car\u00e1cter es muy posible que dada su juventud rehagan su vida cas\u00e1ndose o pasando a convivir de forma marital. En este caso si se casa o convive de forma marital el acreedor de la pensi\u00f3n se extingue la pensi\u00f3n compensatoria y por tal motivo el derecho a la pensi\u00f3n de viudedad. Si, por el contrario, quien se casa es el deudor, dar\u00e1 lugar a que, a su fallecimiento, concurra el c\u00f3nyuge sobreviviente provocando un reparto de la pensi\u00f3n con la consiguiente minoraci\u00f3n de la cuant\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La interpretaci\u00f3n que hasta ahora viene postulando la entidad gestora de la seguridad social tiene como consecuencia la desprotecci\u00f3n social, econ\u00f3mica y jur\u00eddica de la familia de muchas personas divorciadas o separadas judicialmente, que renunciaron en su d\u00eda a una pensi\u00f3n compensatoria, no porque no les correspondiera, sino por conseguir la paz Familiar y evitar mayores desgastes a los hijos .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estas personas, son normalmente mujeres, que tras haberse dedicado durante m\u00e1s de 20, 30 e incluso 40 a\u00f1os al cuidado de la familia, y haber abonado a la seguridad social las cuotas correspondientes con dinero ganancial, en el final de sus d\u00edas se encuentran totalmente desprotegidas, al negarles el Instituto Nacional de la Seguridad Social su derecho a la pensi\u00f3n de viudedad si su esposo o ex esposo fallece a partir del 1 de enero de 2008 y carecen de una pensi\u00f3n compensatoria que se extinga al fallecimiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente los que nos dedicamos al asesoramiento jur\u00eddico en derecho de familia , entendemos que esta interpretaci\u00f3n de limitar la concesi\u00f3n de la pensi\u00f3n de viudedad a las personas acreedoras de una pensi\u00f3n compensatoria en el momento del fallecimiento del causante que se extinga como consecuencia del fallecimiento del mismo es totalmente discriminatoria e infringe claramente el art\u00edculo 14 de la CE, puesto que ello implicar\u00eda que a los viudos (hombres) se les privar\u00eda de una pensi\u00f3n de viudedad, a la que antes ten\u00edan derecho, dado que no existen pr\u00e1cticamente pensiones compensatorias a favor de maridos o ex esposos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los datos del INE , que pueden observarse en Internet corroboran esta afirmaci\u00f3n. Si a los viudos se les priva de la pensi\u00f3n de viudedad por no ser acreedores de una pensi\u00f3n compensatoria, esta exigencia deber\u00eda ser declarada inconstitucional.<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-2663","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/2663","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2663"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2663"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=2663"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=2663"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=2663"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=2663"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}