{"id":2925,"date":"2018-11-13T23:00:00","date_gmt":"2018-11-13T23:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"abogados-especialistas-en-seguros-de-coche-madrid-espana","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/abogados-especialistas-en-seguros-de-coche-madrid-espana\/","title":{"rendered":"La Uni\u00f3n Europea le declara la guerra al coche sin seguro"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El acto de desplazarnos sin controles entre los distintos Estados miembros de la Uni&oacute;n Europea ha pasado a ser completamente asumido y normalizado por todos nosotros. Pocos pueden negar que el hecho de no tener que aguantar grandes atascos y esperas inc&oacute;modas en las zonas fronterizas de la Uni&oacute;n es uno de los grandes logros del proyecto iniciado por un escueto grupo de pa&iacute;ses centroeuropeos con la firma del Acuerdo de Schengen en 1985. La entrada en vigor del mismo en 1995, secundado ya por la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses que conformaban la reci&eacute;n creada Uni&oacute;n Europea, implic&oacute; la supresi&oacute;n de los controles en las fronteras interiores y el traslado del peso de los mismos a las fronteras exteriores. Desde entonces, la libre circulaci&oacute;n de personas y mercanc&iacute;as ha supuesto un constante reto para el legislador europeo en la persecuci&oacute;n del objetivo de eliminar las barreras que contin&uacute;an existiendo entre los Estados miembros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con todo ello, el Consejo adopt&oacute; en 1972 la primera Directiva sobre el seguro de veh&iacute;culos autom&oacute;viles. La misma ten&iacute;a, en palabras del propio Consejo, &ldquo;el doble objetivo de proteger a las v&iacute;ctimas de accidentes de tr&aacute;fico (en situaciones con o sin dimensi&oacute;n transfronteriza) y de facilitar la libre circulaci&oacute;n de veh&iacute;culos entre los Estados miembros&rdquo;. Desde esta primera, han sido cinco las Directivas que han venido a reforzar la inicial, y que desembocaron con la aprobaci&oacute;n de la, hasta ahora, m&aacute;s reciente: la Directiva 2009\/103\/CE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el mismo objetivo que las anteriores, pero con la necesaria modernizaci&oacute;n regulatoria y la actualizaci&oacute;n a la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) durante estos a&ntilde;os, se fragua el proyecto de Directiva aprobado en mayo de este a&ntilde;o para combatir la circulaci&oacute;n de veh&iacute;culos sin seguro obligatorio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Directiva en cuesti&oacute;n fue el objeto de la jornada organizada por INESE el 16 de octubre en Madrid, a la que asisti&oacute; el <strong><\/strong> de Belzuz Abogados; y donde se presentaron a los asistentes las novedades que va a suponer para el sector asegurador la entrada en vigor de la misma junto con un interesante an&aacute;lisis de la jurisprudencia europea que ha vertebrado el Proyecto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la misma, uno de los puntos que caus&oacute; m&aacute;s inter&eacute;s, y que ser&aacute; objeto de modificaci&oacute;n por la Directiva, fue el relativo a la paradoja que suscita el hecho de que la Uni&oacute;n Europea vaya a fomentar el endurecimiento de las medidas de verificaci&oacute;n de coches sin seguro en las zonas fronterizas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las sucesivas Directivas europeas recogen la obligaci&oacute;n de que, en caso de accidente, sea el fondo de garant&iacute;a del Estado miembro de residencia de la v&iacute;ctima (en Espa&ntilde;a, el Consorcio de Compensaci&oacute;n de Seguros), el encargado de compensarla por los da&ntilde;os materiales o corporales causados por un veh&iacute;culo no identificado o no asegurado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este fen&oacute;meno, en auge desde la mencionada &ldquo;desaparici&oacute;n&rdquo; de las fronteras interiores, se estima que causa unas p&eacute;rdidas de 870 millones de euros anuales en las arcas de los fondos de garant&iacute;a (a los que todos aportamos nuestro granito de arena por medio de la tasa que se aplica cada vez que pagamos el recibo de cualquier p&oacute;liza de seguros).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el fin de reducir estas cifras, las autoridades europeas est&aacute;n dispuestas a prohibir el paso de veh&iacute;culos de un pa&iacute;s a otro en caso de que no dispongan del mencionado seguro obligatorio. Llegados a este punto, las preguntas que nos surgir&iacute;an ser&iacute;an dos: &iquest;de qu&eacute; manera articular&aacute; la UE los controles para vigilar que no se circule sin seguro con la antes referida libertad de circulaci&oacute;n entre Estados miembros? &iquest;Nos veremos abocados a soportar nuevamente los ya olvidados controles fronterizos?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pues bien, el &aacute;nimo de la Uni&oacute;n va a seguir siendo el del m&aacute;s absoluto y escrupuloso respeto a los principios recogidos en el Acuerdo de Schengen. De este modo, la Directiva recoge expresamente que toda comprobaci&oacute;n que se realice a fin de verificar que el veh&iacute;culo circula con o sin seguro, deber&aacute; hacerse &ldquo;en el marco de un control que no vaya dirigido exclusivamente a la comprobaci&oacute;n del seguro&rdquo; y, todo esto, evitando siempre que el veh&iacute;culo se detenga.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute;, la Uni&oacute;n Europea permitir&aacute; la realizaci&oacute;n de dichos controles siempre y cuando &ldquo;no sean discriminatorios y sean necesarios y proporcionados para alcanzar el objetivo perseguido&rdquo;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con esta finalidad, Bruselas autoriza el uso de medios tecnol&oacute;gicos que pueden detectar de manera autom&aacute;tica que veh&iacute;culo circula sin cobertura; proponiendo que la comprobaci&oacute;n se produzca a distancia, mediante el uso, por ejemplo, de c&aacute;maras de lectura de matr&iacute;culas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual forma, y como no pod&iacute;a ser de otro modo de producirse los controles de esta manera, las autoridades de cada estado miembro tendr&aacute;n la potestad de contrastar en las bases de datos si el veh&iacute;culo objeto de vigilancia circula con o sin seguro, y en este &uacute;ltimo caso, detenerlo para que no contin&uacute;e su trayecto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONCLUSI&Oacute;N<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fundamentalmente, el proyecto de Directiva planteado por la Uni&oacute;n constituye una garantiza para las v&iacute;ctimas de accidentes, ya que no s&oacute;lo estar&aacute;n mejor protegidas en el futuro, sino que adem&aacute;s intentar&aacute; prevenir el perjuicio econ&oacute;mico que supone para los fondos de garant&iacute;a nacionales circular sin la cobertura del seguro obligatorio de responsabilidad civil por da&ntilde;os a terceros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cualquier caso, no olvidemos de que nos encontramos ante un proyecto; y que lo que aparezca en el mismo puede distar de lo que finalmente resulte aprobado por las autoridades europeas. Por ello, desde Belzuz Abogados, S.L.P., nos abrocharemos los cinturones y estaremos atentos a las novedades que vayan surgiendo a ra&iacute;z de la misma.<\/p>\n<\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-2925","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/2925","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2925"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2925"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=2925"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=2925"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=2925"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=2925"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}