{"id":3349,"date":"2023-02-15T23:00:00","date_gmt":"2023-02-15T23:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"el-despido-procedente-en-situaciones-de-acoso-y-agresion-a-companeros-fuera-del-horario-laboral","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/el-despido-procedente-en-situaciones-de-acoso-y-agresion-a-companeros-fuera-del-horario-laboral\/","title":{"rendered":"El despido procedente en situaciones de acoso y agresi\u00f3n a compa\u00f1eros fuera del horario laboral."},"content":{"rendered":"<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>1. La sentencia: Sentencia del Tribunal Supremo de 31\/05\/2022.<\/strong><\/p>\n<p>En esta sentencia, se debat&iacute;a si las ofensas f&iacute;sicas y verbales que tienen lugar fuera del horario y lugar de trabajo pueden ser sancionables con el despido disciplinario.<\/p>\n<p>El supuesto enjuiciado tiene lugar fuera del centro y horario laboral tras una cena de navidad de la empresa, a la que acuden los propietarios de la mercantil y los trabajadores, y una vez que los primeros ya se han ausentado constan como hechos probados una serie de insultos vertidos por un trabajador a un compa&ntilde;ero de trabajo, que alcanzaron un sesgo discriminatorio por raz&oacute;n de la raza, adem&aacute;s de varios intentos de agresi&oacute;n f&iacute;sica hacia la v&iacute;ctima.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>2. Conclusi&oacute;n: el despido operado por esos hechos es procedente.<\/strong><\/p>\n<p>En opini&oacute;n del Supremo tales insultos han trascendido las relaciones privadas, atentando a la dignidad de los propios compa&ntilde;eros de trabajo y repercutiendo en la empresa misma. El Alto Tribunal lo argumenta acudiendo a la <em>&ldquo;Parte I del Pre&aacute;mbulo de la Carta Social Europea&rdquo;<\/em>, su art&iacute;culo 26 y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, y concluye que el derecho a la dignidad ha de ser tambi&eacute;n garantizado en tal &aacute;mbito (fuera del puesto y horario laboral).<\/p>\n<p>El argumento est&aacute; en que la citada normativa tiene como fin garantizar el ejercicio efectivo a la protecci&oacute;n de la dignidad en el trabajo, que se promueva la sensibilizaci&oacute;n, la informaci&oacute;n y la prevenci&oacute;n por lo que respecta a actos censurables o expl&iacute;citamente hostiles y ofensivos dirigidos de manera reiterada contra cualquier trabajador en el lugar de trabajo o en relaci&oacute;n con el trabajo, y a adoptar todas las medidas para proteger contra dichas conductas.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>3. Son sancionables conductas de acoso y agresi&oacute;n fuera del horario y centro de trabajo.<\/strong><\/p>\n<p>El Supremo acoge as&iacute; la tesis, tambi&eacute;n formulada por el fiscal, por la cual la agresi&oacute;n f&iacute;sica, los insultos al compa&ntilde;ero y el zarandeo, sin que mediara provocaci&oacute;n, aunque sea en el contexto de la sobremesa de una comida de Navidad, celebrada fuera de la empresa, constituye un incumplimiento grave del contrato de trabajo, tipificado en el art. 54.2 c) ET, por enturbiar la necesaria y obligada convivencia laboral futura, con sus efectos perniciosos en la organizaci&oacute;n del trabajo, a&uacute;n cuando los hechos ocurrieron fuera del horario y lugar de trabajo.<\/p>\n<p>Se debe destacar que esta sentencia, ahora casada, no es novedosa, pues ya en el a&ntilde;o 2017 el Tribunal Supremo se pronunci&oacute; sobre la facultad empresarial de sancionar la conducta realizada fuera del horario y lugar de trabajo, sentando que el deber de actuar conforme a las reglas de la buena fe es una obligaci&oacute;n del trabajador que se mantiene -pero se relaja y flexibiliza- cuando no se encuentra en el lugar y horario de trabajo.<\/p>\n<p>De manera que durante ese periodo el trabajador no dispone de &ldquo;bula&rdquo; o libertad absoluta para realizar actuaciones que vayan en perjuicio de la empresa, y que de haber sido efectuadas en horario de trabajo ser&iacute;an objeto de sanci&oacute;n indiscutible <em>(STS IV de 21.09.2017, rcud 2397\/2015, en relaci&oacute;n con otra muy anterior, del 15.06.1988)<\/em><\/p>\n<p><em><\/em>Sobre los l&iacute;mites, o sobre cu&aacute;ndo se puede sancionar por estos hechos, y cu&aacute;ndo no, la respuesta del Tribunal Supremo no es otra que la de considerar que todas ellas est&aacute;n de alguna forma vinculadas a la relaci&oacute;n laboral , en cuanto redundan, directa o indirectamente, en perjuicio de la empresa.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><strong>4. La discriminaci&oacute;n, el acoso y las agresiones verbales o f&iacute;sicas entre compa&ntilde;eros fuera de horario y centro de trabajo.<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los problemas m&aacute;s recurrentes que se suscitan en las empresas es c&oacute;mo se debe tratar una denuncia recibida en la empresa en la que se relata una discriminaci&oacute;n (de cualquier tipo), acoso (incluso de naturaleza sexual) o agresi&oacute;n verbal o f&iacute;sica, sucedida fuera del centro de trabajo y de horario laboral, y si la empresa puede o no activar sus procedimientos de investigaci&oacute;n a&uacute;n cuando los hechos suceden fuera del horario y lugar de trabajo.<\/p>\n<p>Sin ninguna duda esta sentencia citada arroja mucha luz sobre c&oacute;mo afrontar esta problem&aacute;tica, y pues habilita a las empresas a realizar estas investigaciones y la activaci&oacute;n del Protocolo vigente en la empresa, aun cuando los hechos hayan ocurrido fuera del entorno laboral.<\/p>\n<p>Por supuesto, la doctrina ahora unificada por el Tribunal Supremo tambi&eacute;n ha de ser considerada en el contexto y contenido de los Planes de Igualdad y en la fijaci&oacute;n de condiciones de trabajo que eviten la comisi&oacute;n de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo que exige la L.O. 10\/2022. Si bien estos puntos, por su complejidad, exigir&iacute;an un estudio pormenorizado aparte.<\/p>\n<p>Desde , como expertos abogados laboralistas y con amplia experiencia en pol&iacute;ticas de igualdad y acoso laboral, llamamos la atenci&oacute;n sobre esta sentencia y recomendamos a las empresas que revisen sus vigentes planes y pol&iacute;ticas adapt&aacute;ndolas a esta reciente jurisprudencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<\/p>\n<p class=\"MsoListParagraph\" style=\"text-align: justify; text-indent: -18.0pt; mso-list: l0 level1 lfo1;\"><!-- [if !supportLists]--><strong><span lang=\"ES\" style=\"font-family: 'Times New Roman', serif;\">1.<span style=\"font-variant-numeric: normal; font-variant-east-asian: normal; font-weight: normal; font-stretch: normal; font-size: 7pt; line-height: normal; font-family: 'Times New Roman';\"><br \/><\/span><\/span><\/strong><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-3349","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/3349","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3349"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3349"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=3349"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=3349"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=3349"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=3349"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}