{"id":3379,"date":"2023-04-24T22:00:00","date_gmt":"2023-04-24T22:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"-0001-11-30T00:00:00","modified_gmt":"-0001-11-29T23:00:00","slug":"proteccion-legal-de-los-secretos-empresariales-y-licencias-de-explotacion-de-los-mismos","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/proteccion-legal-de-los-secretos-empresariales-y-licencias-de-explotacion-de-los-mismos\/","title":{"rendered":"Protecci\u00f3n legal de los secretos empresariales y licencias de explotaci\u00f3n de los mismos"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Son frecuentes las consultas que recibe este despacho sobre la forma de gestionar y documentar los acuerdos que permiten poner a disposici&oacute;n de un tercero derechos sobre activos inmateriales titularidad de una entidad, tales como los derechos de Propiedad Industrial: patentes, modelos de utilidad, marcas, dise&ntilde;os industriales, o los derechos de Propiedad Industrial, como por ejemplo, derechos sobre la explotaci&oacute;n de obras pl&aacute;sticas, audiovisuales, multimedia, contenidos editoriales, software o sobre cualquier otro activo cuya explotaci&oacute;n implique el otorgamiento de derechos de explotaci&oacute;n sobre la propiedad intelectual o industrial vinculados a los mismos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La cesi&oacute;n de derechos de explotaci&oacute;n sobre dichos activos inmateriales est&aacute; recogida en las respectivas Leyes espec&iacute;ficas aplicables a dichos activos; en particular, en la Ley de Propiedad Intelectual y en las Leyes espec&iacute;ficas que regulan cada forma espec&iacute;fica de Propiedad Industrial: Ley de Patentes, Ley de Marcas, Protecci&oacute;n Jur&iacute;dica del Dise&ntilde;o Industrial, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, no es tan conocida la posibilidad y regulaci&oacute;n espec&iacute;fica de una clase de activos inmateriales que han sido objeto de regulaci&oacute;n hace relativamente poco tiempo, los denominados Secretos Empresariales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, este tipo de activos inmateriales ha sido objeto de regulaci&oacute;n por medio de la Ley 1\/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dicha Ley tiene por objeto principal proteger a las entidades, en especial a aquellas que tienen un componente innovador, de la exposici&oacute;n que sufren frente a pr&aacute;cticas desleales que tienen por objeto la apropiaci&oacute;n indebida de secretos empresariales, tales como el robo, la copia no autorizada, el espionaje econ&oacute;mico o el incumplimiento de los requisitos de confidencialidad acordado con terceras partes para la protecci&oacute;n de dicha informaci&oacute;n sensible definida y calificada por la mencionada Ley como &ldquo;Secretos Empresariales&rdquo;, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos de forma pormenorizada en la mencionada Ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En relaci&oacute;n con el objetivo anteriormente indicado, la Propia Ley de Secretos Empresariales indica que la obtenci&oacute;n, utilizaci&oacute;n o revelaci&oacute;n il&iacute;citas de un Secreto Empresarial compromete la capacidad de su titular leg&iacute;timo para aprovechar las ventajas que le corresponden como precursor por su labor de innovaci&oacute;n y debido a ello, trata de reforzar las medidas legales que permitan proteger dichos Secretos Empresariales, constituyendo instrumentos jur&iacute;dicos eficaces que permitan proteger los Secretos Empresariales, evitando el menoscabo de los incentivos para emprender actividades asociadas a la innovaci&oacute;n y permitir que dichos Secretos Empresariales liberen su potencial como est&iacute;mulos del crecimiento econ&oacute;mico y del empleo. De este modo, para asegurar que los Secretos Empresariales constituyan un activo realmente valioso para las entidades titulares de los mismos y para la econom&iacute;a en general, la Ley de Secretos Empresariales regula tanto las condiciones para que una informaci&oacute;n sea calificada como Secreto Empresarial, como los procedimientos y regulaci&oacute;n para la transmisi&oacute;n de los mismos entre los distintos agentes de la actividad econ&oacute;mica y su incorporaci&oacute;n al mercado y acceso a su comercializaci&oacute;n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute;, en cuanto a la definici&oacute;n que otorga la Ley de Secretos Empresariales al t&eacute;rmino &ldquo;Secreto Empresarial&rdquo;, que constituye el objeto de protecci&oacute;n de la misma, ser&iacute;a la siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>&ldquo;Aquella <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>informaci&oacute;n<\/strong><\/span> que sea <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>secreta en el sentido de no ser<\/strong><\/span>, en su conjunto o en la configuraci&oacute;n y reuni&oacute;n precisas de sus componentes, <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">generalmente conocida por las personas pertenecientes a los c&iacute;rculos en que normalmente se utiliza el tipo de informaci&oacute;n en cuesti&oacute;n, ni f&aacute;cilmente accesible<\/span><\/strong> para estas; <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>tenga un valor comercial<\/strong><\/span> por su car&aacute;cter secreto, y haya sido objeto de <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">medidas razonables, en las circunstancias del caso, para mantenerla secreta<\/span><\/strong>, tomadas por la persona que leg&iacute;timamente ejerza su control.&rdquo;<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Teniendo en cuenta lo anterior, quedar&iacute;a fuera del objeto de protecci&oacute;n de la Ley de Secretos Empresariales la informaci&oacute;n de escasa importancia, as&iacute; como las experiencias adquiridas por los trabajadores durante el normal ejercicio de su profesi&oacute;n y la informaci&oacute;n de conocimiento general o f&aacute;cilmente accesible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute;, en definitiva, la Ley de Secretos Empresariales establece y define las situaciones en las que est&aacute; justificada la protecci&oacute;n jur&iacute;dica de los Secretos Empresariales; los comportamientos y pr&aacute;cticas que son constitutivos de obtenci&oacute;n, utilizaci&oacute;n o revelaci&oacute;n il&iacute;cita de Secretos Empresariales y las posibles acciones civiles contra dichas acciones il&iacute;citas realizadas en perjuicio de los Secretos Empresariales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cuanto a la vertiente patrimonial de los Secretos Empresariales, en su Cap&iacute;tulo III, la Ley de Secretos Empresariales establece los criterios para la transmisibilidad de los mismos, en particular si la misma se lleva a cabo mediante una licencia contractual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>&ldquo;<strong>Art&iacute;culo 6. Licencias de secretos empresariales<\/strong>.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><em>1. <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">El secreto empresarial puede ser objeto de licencia<\/span><\/strong> con el alcance objetivo, material, territorial y temporal que en cada caso se pate. Salvo pacto en contrario el titular de una licencia contractual tendr&aacute; derecho a realizar todos los actos que integran la utilizaci&oacute;n el secreto empresarial.<\/em><br \/><em>2. <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>La licencia puede ser exclusiva o no exclusiva<\/strong><\/span>. Se presumir&aacute; que la licencia es no exclusiva y que el licenciante puede otorgar otras licencias o utilizar por s&iacute; mismo el secreto empresarial. La licencia exclusiva impide el otorgamiento de otras licencias y el licenciante s&oacute;lo podr&aacute; utilizar el secreto empresarial si en el contrato se hubiera reservado expresamente ese derecho.<\/em><br \/><em>3. <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">El titular de una licencia contractual no podr&aacute; cederla a terceros<\/span><\/strong>, ni conceder sublicencias, <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">a no ser que se hubiere convenido lo contrario<\/span><\/strong>.<\/em><br \/><em>4. <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">El licenciatario o sublicenciatario estar&aacute; obligado adoptar las medidas necesarias para evitar la violaci&oacute;n del secreto empresarial<\/span><\/strong>.&rdquo;<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As&iacute;, puede observarse que la Ley de Secretos Empresariales, en cuanto a las condiciones relativas a las licencias de dichos secretos, establece criterios que van en la misma l&iacute;nea que los recogidos en otras leyes espec&iacute;ficas relativas a activos inmateriales como los que mencion&aacute;bamos al inicio de este art&iacute;culo, como por ejemplo, las licencias de derechos de Propiedad Intelectual recogidos en la Ley de Propiedad Intelectual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, la Ley deja a la voluntad de las partes la determinaci&oacute;n del alcance real que se le quiera dar a la licencia, pudiendo acotarse en cualquiera de sus &aacute;mbitos la aplicaci&oacute;n de dicha licencia. Es decir, las partes son libres de acordar la licencia de explotaci&oacute;n de Secretos Empresariales para un territorio espec&iacute;fico, as&iacute; como por un tiempo determinado o un prop&oacute;sito espec&iacute;fico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, la Ley hace distinci&oacute;n entre licencias exclusivas y no exclusivas, otorgando a las primeras derechos m&aacute;s amplios, principalmente, en cuanto a la legitimaci&oacute;n para el ejercicio de acciones de defensa previstas en la Ley por su propia cuenta. Sin perjuicio de lo anterior, tambi&eacute;n establece la Ley la obligaci&oacute;n de notificar el ejercicio de dichas acciones al titular de los Secretos Empresariales, el cual podr&aacute; personarse intervenir en el procedimiento ya sea como parte o como coadyuvante.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adicionalmente, la Ley establece que los licenciatarios de este tipo de licencias sobre Secretos Empresariales tienen prohibida la concesi&oacute;n de nuevas licencias o sublicencias, salvo que se hubiese acordado lo contrario con el titular.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Debido a la importancia que tiene para la integridad de los Secretos Empresariales el mantenimiento de medidas de seguridad que impidan la devaluaci&oacute;n de su valor al producirse la divulgaci&oacute;n inconsentida de los mismos; e incluso que los mismos pudieran dejar de ostentar su cualidad inherente y esencial de &ldquo;Secreto&rdquo;, la Ley exige al licenciatario que adopte las medidas necesarias para evitar que se produzcan violaciones de los Secretos Empresariales objeto de licencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por &uacute;ltimo, la Ley establece una garant&iacute;a en relaci&oacute;n con todo aquel que transmita, a t&iacute;tulo oneroso, u otorgue una licencia sobre un Secreto Empresarial, haciendo responder a dicho transmitente, frente al adquirente, y salvo pacto en contrario, de los da&ntilde;os que le pudiera causar al &uacute;ltimo, si posteriormente se declarara que carec&iacute;a de la titularidad o de las facultades necesarios para la realizaci&oacute;n del negocio de que se trate. Sin perjuicio de lo anterior, la Ley pone un l&iacute;mite a esa garant&iacute;a, ya que establece expresamente que s&oacute;lo tendr&aacute; lugar dicha respuesta por parte del transmitente, si este hubiese actuado de &ldquo;mala fe&rdquo;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>&ldquo;<strong>Art&iacute;culo 7. Transmisi&oacute;n o licencia sin titularidad o facultades.<\/strong><\/em><br \/><em>&ldquo;<strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Quien transmita a t&iacute;tulo oneroso un secreto empresarial u otorgue una licencia sobre el mismo responder&aacute;, salvo pacto en contrario<\/span><\/strong>, frente al adquirente de los da&ntilde;os que le cause, si posteriormente se declarara que carec&iacute;a de la titularidad o de las facultades necesarias para la realizaci&oacute;n del negocio de que se trate. Responder&aacute; siempre cuando hubiera actuado de mala fe.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En conclusi&oacute;n, la Ley de Secretos Empresariales regula las condiciones esenciales por las que se rigen este tipo de transmisiones de derechos o licencias de explotaci&oacute;n sobre Secretos Empresariales, otorgando una protecci&oacute;n legal a los mismos y determinando las condiciones que deben cumplirse para que la informaci&oacute;n que pretenda transmitirse quede sujeta a la mencionada Ley de Secretos Empresariales y a las medidas de protecci&oacute;n establecidas en la misma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Teniendo en cuenta todo lo expresado en el presente art&iacute;culo en relaci&oacute;n con la protecci&oacute;n y transmisi&oacute;n de Secretos Empresariales, queremos poner en su consideraci&oacute;n que , como asesores legales especialistas en la materia, podemos asesorar a su empresa en todo tipo de situaciones que implique eventualmente la transmisi&oacute;n u otorgamiento de una licencia sobre informaci&oacute;n que pueda ser calificada como Secreto Empresarial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"color: #ffffff; font-family: 'Helvetica Neue', Helvetica, Arial, sans-serif; font-size: 10.998px; font-weight: bold; white-space: nowrap; background-color: #31708f;\"><br \/><\/span><\/p><\/p>\n","protected":false},"featured_media":431,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"areas-practica-publicacciones":[],"class_list":["post-3379","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/3379","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/431"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3379"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3379"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=3379"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=3379"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=3379"},{"taxonomy":"areas-practica-publicacciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/areas-practica-publicacciones?post=3379"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}