{"id":3597,"date":"2025-02-26T23:00:00","date_gmt":"2025-02-26T23:00:00","guid":{"rendered":""},"modified":"2025-03-28T09:25:48","modified_gmt":"2025-03-28T09:25:48","slug":"cuando-deben-ser-oidos-los-hijos-menores-en-los-procesos-de-familia","status":"publish","type":"publicacion","link":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/publicacion\/cuando-deben-ser-oidos-los-hijos-menores-en-los-procesos-de-familia\/","title":{"rendered":"Cuando deben ser o\u00eddos los hijos menores en los procesos de familia"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Desde el de <\/strong> queremos abordar este tema tan interesante y que tanto preocupa a los progenitores como a los operadores jur\u00eddicos, ya que tanto en el \u00e1mbito familiar como en cualquier procedimiento administrativo o judicial en que est\u00e9 implicado un menor y que conduzca a una decisi\u00f3n que afecte a su esfera personal, familiar o social, bien sea en un procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Requisitos para ser o\u00eddos los menores:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">tener suficiente juicio y, ser mayor de 12 a\u00f1os, en todo caso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La titularidad de este derecho se reconoce a todos los menores, con independencia de su edad, es decir, tengan o no suficiente juicio. El contenido de este derecho es que el menor exprese su opini\u00f3n respecto a decisiones que le afecten, incluidas las controversias en el ejercicio de la patria potestad de los progenitores .Se trata fundamentalmente de un derecho del menor y no de un deber, por lo que podr\u00eda negarse a la audiencia judicial. Para denegar la audiencia el juez o tribunal que lo acuerda debe hacerlo de forma motivada, m\u00e1xime siendo preceptivo ().<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las condiciones de la escucha deben ser las id\u00f3neas, en t\u00e9rminos que les sean accesibles, comprensibles y adaptados a su edad, madurez y circunstancias; recabando el auxilio de especialistas cuando ello fuera necesario. Su presencia en la comparecencia no puede obedecer a otra raz\u00f3n que la de contar con su opini\u00f3n al decidir sobre las cuestiones que les afecten.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cUn ejemplo pr\u00e1ctico seria , que supongamos que eres un padre o una madre que est\u00e1 pasando por un proceso de separaci\u00f3n o divorcio. Este es un momento dif\u00edcil no solo para ti, sino tambi\u00e9n para tus hijos. El prop\u00f3sito de la ley es asegurarse de que los menores tengan voz en las decisiones que les afectan, como qui\u00e9n se queda con ellos o c\u00f3mo se organizar\u00e1n las visitas con el otro progenitor. Esto significa que, en muchos casos, los jueces deben escuchar a los ni\u00f1os para entender sus sentimientos y deseos, especialmente si ya tienen cierta madurez, como los que tienen m\u00e1s de 12 a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Imagina que tu hijo de 11 a\u00f1os tiene una opini\u00f3n sobre con qui\u00e9n le gustar\u00eda vivir o c\u00f3mo le gustar\u00eda pasar el tiempo con cada uno de sus padres. La ley establece que, en situaciones donde se toman decisiones que impactan su vida, como la custodia, el juez debe asegurarse de que el ni\u00f1o sea escuchado. Esto no solo es un derecho, sino que tambi\u00e9n ayuda a los jueces a tomar decisiones que realmente reflejen el inter\u00e9s superior del menor. Por ejemplo, si un ni\u00f1o expresa que se siente m\u00e1s c\u00f3modo en un entorno espec\u00edfico, esto puede influir en la decisi\u00f3n del juez sobre la custodia.\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, no siempre es obligatorio escuchar a los menores en todos los casos. La ley permite cierta flexibilidad, y el juez puede decidir si es necesario o no o\u00edr al ni\u00f1o, dependiendo de la situaci\u00f3n. Esto tiene implicaciones importantes, ya que garantiza que las decisiones se tomen de manera justa y que se priorice el bienestar del menor. En resumen, la voz de los ni\u00f1os es fundamental en los procesos de familia, y su derecho a ser escuchados est\u00e1 respaldado por la ley, lo que ayuda a crear un entorno m\u00e1s justo y comprensivo para todos los involucrado<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Por ello el proceso de Proceso de Audiencia de Menores en Procedimientos de Familia es el siguiente:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Introducci\u00f3n: El presente documento tiene como objetivo establecer las pautas y consideraciones legales sobre el derecho de los menores a ser o\u00eddos en los procesos de familia, en cumplimiento con la jurisprudencia vigente, especialmente la STS 577\/2021, de 27 de julio. Este derecho es fundamental para garantizar el inter\u00e9s superior del menor en todas las decisiones que les afecten.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><strong>1. Marco Legal:<\/strong> La legislaci\u00f3n espa\u00f1ola, en particular la y el , establece la obligaci\u00f3n de o\u00edr a los menores en los procedimientos que les afecten. Esta obligaci\u00f3n se ha reforzado con las reformas introducidas por la Ley 8\/2021, que enfatiza la necesidad de escuchar a los menores antes de adoptar decisiones que impacten su vida y bienestar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><strong>2. Principio del Inter\u00e9s Superior del Menor:<\/strong> El principio del inter\u00e9s superior del menor debe ser el eje central en cualquier decisi\u00f3n judicial. Esto implica que el juez debe garantizar que se escuche al menor, especialmente en casos de custodia, visitas y otros aspectos que afecten su desarrollo y bienestar. La jurisprudencia ha reiterado que la falta de audiencia puede ser motivo de nulidad de las decisiones adoptadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><strong>3. Procedimiento de Audiencia:<\/strong> La audiencia del menor debe llevarse a cabo de manera que se respete su derecho a ser o\u00eddo. Esto incluye la posibilidad de que el juez, de oficio o a solicitud de las partes, decida si es necesario escuchar al menor. La exploraci\u00f3n del menor debe ser realizada por profesionales capacitados, garantizando un ambiente seguro y adecuado para la expresi\u00f3n de su opini\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><strong>4. Excepciones a la Audiencia:<\/strong> Si bien la audiencia es un derecho fundamental, existen circunstancias excepcionales en las que puede no ser necesaria. Sin embargo, cualquier decisi\u00f3n de no escuchar al menor debe estar debidamente motivada y justificada, considerando siempre el inter\u00e9s superior del menor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><strong>5. Rol del Ministerio Fiscal:<\/strong> El Ministerio Fiscal tiene un papel crucial en la protecci\u00f3n de los derechos de los menores. Su intervenci\u00f3n es obligatoria en los procedimientos que involucran a menores, asegurando que se respeten sus derechos y que sean escuchados en el proceso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Conclusi\u00f3n:<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Es imperativo que todos los actores involucrados en procesos de familia comprendan la importancia de la audiencia de los menores. La correcta aplicaci\u00f3n de este derecho no solo es un requisito legal, sino que tambi\u00e9n es esencial para el desarrollo emocional y psicol\u00f3gico de los menores. Las decisiones que les afectan deben ser tomadas con su participaci\u00f3n, garantizando as\u00ed su bienestar y desarrollo integra<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 El derecho del menor a ser o\u00eddo en los procesos de familia es un componente esencial del estatuto jur\u00eddico de los menores, respaldado por la normativa nacional e internacional. Este derecho se refuerza con la intervenci\u00f3n del Ministerio Fiscal, quien debe garantizar que el inter\u00e9s superior del menor prevalezca en todas las decisiones judiciales. Aunque la audiencia del menor no es siempre obligatoria, la flexibilidad en su aplicaci\u00f3n permite que se valore adecuadamente su opini\u00f3n, asegurando que las decisiones judiciales se fundamenten en el inter\u00e9s superior del menor, tal como lo exige la jurisprudencia y la normativa vigente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde nuestro de , quedamos a su disposici\u00f3n para cualquier consulta que le pueda surgir.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"featured_media":7856,"template":"","categories":[],"area-de-practica":[],"publicaciones":[],"idioma-publicacion":[70],"class_list":["post-3597","publicacion","type-publicacion","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","idioma-publicacion-espanol"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion\/3597","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicacion"}],"about":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/types\/publicacion"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7856"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3597"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3597"},{"taxonomy":"area-de-practica","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/area-de-practica?post=3597"},{"taxonomy":"publicaciones","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/publicaciones?post=3597"},{"taxonomy":"idioma-publicacion","embeddable":true,"href":"https:\/\/belzuz.com\/pt\/wp-json\/wp\/v2\/idioma-publicacion?post=3597"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}