El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, contempla la creación de una línea extraordinaria de cobertura aseguradora para PYMES que tengan problemas de financiación o de liquidez como consecuencia del estado de alarma, de hasta 2.000 millones de euros, con una duración de 6 meses desde la entrada en vigor del Real Decreto.
Para que las PYMES puedan beneficiarse de esta medida, deberán de concurrir las siguientes circunstancias:
– Que se trate de empresas internacionalizadas o en proceso de internacionalización, al cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
• empresas en las que el negocio internacional, reflejado en su última información financiera disponible, represente al menos un tercio (33 %) de su cifra de negocios, o
• empresas que sean exportadoras regulares (aquellas empresas que hayan exportado regularmente durante los últimos cuatro años.
– Que la empresa se enfrente a un problema de liquidez o de falta de acceso a la financiación resultado del impacto de la crisis del COVID-19 en su actividad económica.
Es importante reseñar en este punto, que las empresas que se encuentren en situación concursal o pre-concursal, así como aquellas que arrastren deudas con la Administración, quedarán excluidos de las anteriores prerrogativas.
Las coberturas serán otorgadas por CESCE, en nombre propio y por cuenta del Estado. La línea se instrumentará en dos tramos de 1.000 millones de euros, entrando el segundo en vigor tras haberse verificado una ejecución satisfactoria del primer tramo.