Portugal_Blanqueo de Capitales: ¿Sabía que los inspectores de la ASAE pueden llamar a su puerta en cualquier momento?

La lucha contra el blanqueo de capitales ha ido adquiriendo un papel cada vez más central en la regulación de la actividad económica en Portugal, reflejando una tendencia global hacia el refuerzo de la vigilancia sobre los flujos financieros sospechosos.

La legislación portuguesa en esta materia —en particular, la Ley n.º 83/2017, de 18 de agosto— establece un conjunto extenso y riguroso de obligaciones para diversas entidades, tanto públicas como privadas, muchas de las cuales no son plenamente conscientes de los riesgos que asumen al ignorar o subestimar dichas exigencias.

Una de las entidades con competencias de supervisión en este ámbito es la ASAE — Autoridad de Seguridad Alimentaria y Económica, que ha intensificado su actividad inspectora especialmente en sectores considerados de mayor exposición al riesgo de blanqueo de capitales.

La idea de que únicamente los bancos y las instituciones financieras están sujetos a estas normas ha quedado completamente obsoleta. En la actualidad, el marco legal abarca a una amplia gama de operadores económicos, desde agentes inmobiliarios hasta joyerías, comerciantes de bienes de lujo, decoradores, arquitectos, prestadores de servicios a sociedades, consultores, contables e incluso entidades relacionadas con el sector artístico o de antigüedades. Todos ellos pueden ser  considerados “sujetos obligados” y, como tales, estar sometidos a deberes específicos de prevención, control y comunicación en relación con actividades que puedan estar vinculadas al blanqueo de capitales o a la financiación del terrorismo.

•La identificación y verificación de la identidad de los clientes;

•La recopilación de información sobre la finalidad y la naturaleza de la relación de negocios;

•La supervisión continua de las transacciones realizadas;

•El deber de comunicar operaciones sospechosas a las autoridades competentes;

•El mantenimiento de registros durante al menos siete años;

•La formación continua de los empleados;

•La implementación de mecanismos internos de control y evaluación de riesgos.

El incumplimiento de estas obligaciones no es una mera cuestión burocrática: se trata de una infracción legal grave, que puede dar lugar a elevadas multas, medidas restrictivas y, sobre todo, daños a la reputación de las empresas implicadas.

En el caso de la ASAE, que posee competencias de supervisión sobre diversas entidades no financieras, las actuaciones inspectoras se han intensificado en los últimos meses. Estas acciones se concretan en visitas sorpresa, requerimientos de documentación, evaluación de procedimientos internos y, cuando procede, la apertura de procedimientos sancionadores por infracción administrativa.

Precisamente por ello resulta esencial que cualquier entidad sujeta a estas normas revise, con urgencia y rigor, sus procedimientos internos. Estar preparado para una inspección de la ASAE va mucho más allá de cumplir formalmente con un conjunto de normas: significa proteger la viabilidad misma del negocio, garantizar la confianza de los clientes y socios, y evitar riesgos jurídicos, reputacionales y financieros que podrían tener consecuencias devastadoras.

Belzuz Abogados cuenta con una amplia experiencia en esta materia y está plenamente disponible para asesorarle.

Nuestro equipo realiza un diagnóstico inicial para verificar si su empresa cumple con las obligaciones legales en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (BC/FT); la implementación de medidas correctivas y preventivas; la formación de los equipos internos y el acompañamiento continuo para garantizar el pleno cumplimiento de la legislación vigente.

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