Siempre que en un concurso público internacional en Portugal se exija la presentación del Registro Central del Beneficiario Real (RCBE), las entidades extranjeras que no dispongan de número de contribuyente portugués podrán presentar un documento equivalente de su país de origen.
Es cada vez más frecuente que en los concursos públicos internacionales publicados en Portugal se incluya, entre los documentos a presentar, la declaración del Registro Central del Beneficiario Real (RCBE).
Esta exigencia ha generado dudas frecuentes entre las entidades extranjeras interesadas en participar en concursos públicos internacionales publicados en territorio portugués.
Es importante aclarar que, cuando la entidad concursante no cuenta con un número de identificación fiscal portugués —y, en consecuencia, no puede estar inscrita en el portal https://rcbe.justica.gov.pt/— es admisible la presentación de un documento equivalente emitido en su país de origen.
Por ejemplo:
- Entidades españolas pueden presentar el Acta de Manifestaciones de la Titularidad Real, documento frecuentemente emitido por notario en España;
- Déclaration des bénéficiaires effectifs, en Francia;
- Declaration of Beneficial Ownership Information, en países de habla inglesa.
El mismo principio se aplica a documentos equivalentes de otros Estados Miembros de la UE o de terceros países.