En este sentido, además de lo ya dispuesto en el artículo 106 del Código de Trabajo, es obligatorio informar a los trabajadores de los siguientes aspectos relevantes de la actividad laboral
(i) el instrumento de negociación colectiva aplicable, en su caso, y la designación de las respectivas entidades contratantes,
(ii) la duración y condiciones del período de prueba, en su caso, (iii) la cuantía, periodicidad y forma de pago de la retribución, incluyendo el desglose de sus elementos constitutivos,
(iii) el período normal de trabajo diario y semanal, especificando los casos en que se define en términos medios, así como el régimen aplicable en caso de trabajo en horas extraordinarias y organización de turnos
(iv) el derecho individual a la formación continua,
(v) los regímenes de protección social, incluidas las prestaciones complementarias o sustitutivas de las previstas en el régimen general de la Seguridad Social incluidas las prestaciones complementarias o sustitutivas de las previstas en el régimen general de la Seguridad Social, y
(vi) los parámetros, criterios, normas e instrucciones en que se basan los algoritmos u otros sistemas de inteligencia artificial que inciden en la toma de decisiones sobre el acceso al empleo y su mantenimiento, así como las condiciones de trabajo, incluida la elaboración de perfiles y el seguimiento de la actividad profesional.
La información sobre los aspectos relevantes de la actividad laboral debe comunicarse hasta el 7º día después del inicio del contrato y el resto de la información en el plazo de 1 mes desde el inicio del contrato, en papel o en formato electrónico.
El empleador debe conservar pruebas de la transmisión o recepción de la información contenida en los documentos mencionados.
Teniendo en consideración los cambios mencionados, en particular en relación con el deber de información, los empleadores deben:
(i) actualizar los borradores de los contratos de trabajo y
(ii) proporcionar toda la información sobre los aspectos relevantes de la actividad laboral a los trabajadores actuales.
Para obtener más información sobre las obligaciones laborales que como empresa tiene en Portugal, por favor contacte el equipo del de .