Cómo afectan a herederos y testadores los cambios introducidos en la ley de sucesiones de 2025 en España

La Ley de Sucesiones en España regula el reparto de los bienes, derechos y obligaciones de una persona cuando fallece. Establece quiénes son los herederos legales, cómo se formaliza la herencia y qué derechos tienen tanto los beneficiarios como los posibles perjudicados. Su marco legal principal está recogido en el Código Civil, aunque las comunidades autónomas pueden aplicar normas propias en materia sucesoria.

Como venimos comentando , la  Ley de Sucesiones 2025 introduce una serie de reformas que modernizan el sistema hereditario español.

Los principales cambios son los siguientes :

  1. Plazo máximo de seis meses para aceptar o renunciar la herencia, lo que conlleva la agilización de los trámites sucesorios
    • Hasta ahora, los herederos podían dilatar indefinidamente la decisión de aceptar o rechazar una herencia. Con la nueva ley, se establece un plazo legal de seis meses desde la notificación oficial del fallecimiento para manifestar una decisión.
    • El nuevo límite de 6 meses para aceptar o renunciar herencias reduce la incertidumbre y los procesos largos. Si el heredero no actúa en seis meses, se entiende aceptación tácita, lo que podría implicar asumir deudas no deseadas. Esto permite desbloquear patrimonios paralizados y facilita la liquidación del Impuesto de Sucesiones en tiempo y forma.
  1. Mediación obligatoria en caso de conflicto entre herederos.
    • La reforma promueve mecanismos alternativos al proceso judicial, haciendo obligatoria una fase de mediación previa en disputas sucesorias. Esto ahorra tiempo, costes y reduce la conflictividad familiar. La mediación obligatoria ayuda a evitar litigios, preservando las relaciones familiares y evitando costosos juicios de partición.

La mediación deberá realizarse ante mediadores acreditados o notarios con formación específica.

  1. Protección reforzada para parejas de hecho
    • Las parejas de hecho inscritas en registros oficiales pasan a tener derecho legal a heredar, aunque no exista testamento, con un tratamiento más cercano al cónyuge viudo. Este cambio equipara la ley a las nuevas realidades familiares.  Por ello las  parejas de hecho, herederos digitales y sucesiones internacionales ganan visibilidad y reconocimiento legal.
    • Es muy importante mencionar que no existe una regulación de ámbito nacional sobre los derechos sucesorios del otro miembro de la pareja”. “Salvo las comunidades autónomas que tienen reconocida en nuestra Constitución sus derechos forales, para el resto de España se aplica el Derecho Civil Común”, Las únicas comunidades donde existen los mismos derechos sucesorios tanto para los matrimonios como para las parejas de hecho son Cataluña, País Vasco, Galicia e Islas Baleares.
    • Sin estar casados, “la única opción para dejar como heredero a la pareja que sobreviva, es que ambos otorguen testamento designando como heredero al otro miembro”, No obstante, si el fallecido tuviera herederos forzosos, como hijos o padres, “la pareja que sobreviva solo tendrá derecho al tercio de libre disposición”.
  1. Reducción y simplificación de trámites notariales
    • Se simplifican procedimientos como la declaración de herederos abintestato, y se permite realizar trámites online a través del nuevo sistema de Registro Electrónico de Últimas Voluntades.
  1. Herencias en vida y mejoras fiscales
    • La ley fomenta el uso de donaciones en vida como herramienta de planificación patrimonial, con bonificaciones fiscales si se formalizan mediante escritura pública y se justifican como parte de un plan sucesorio.
  1. Digitalización del proceso sucesorio
    • Se reconoce la figura del testamento digital, incluyendo la gestión de bienes electrónicos y voluntades expresadas en plataformas seguras. Además, los notarios tendrán acceso a una plataforma común de consulta sucesoria.

 

Una pregunta que ya es recurrente en los despachos de abogados de familia y sucesiones es como afecta la reforma a los testamentos otorgados antes de 2025.

Uno de los aspectos más importantes tras la entrada en vigor de la Ley de Sucesiones 2025 es su impacto sobre los testamentos realizados con anterioridad.  A pesar de que la nueva normativa no invalida automáticamente los testamentos anteriores, sí puede hacer que algunas disposiciones queden desactualizadas o sean menos eficaces desde el punto de vista legal o fiscal.

Es importante  tener en cuenta :

  1. Validez legal de los testamentos previos.-

Todo testamento otorgado conforme al Código Civil vigente en el momento de su firma sigue siendo válido, siempre que se haya realizado de forma correcta y cumpla los requisitos formales. Pero, la nueva ley puede modificar la forma en que se interpretan o ejecutan algunas cláusulas.

  1. Revisión recomendable para adaptarse a los cambios.-

La reforma introduce nuevas reglas para herederos forzosos, parejas de hecho y mediación, lo que puede entrar en conflicto con disposiciones anteriores. Por ello, se recomienda revisar el testamento con un abogado especializado en derecho sucesorio, para asegurar que refleje tus deseos conforme al nuevo marco legal.

Es importante evitar interpretaciones erróneas o disputas futuras entre herederos y por ello es recomendable actualizar la redacción de cláusulas que afecten al reparto, al usufructo o a la intervención de terceros.

  1. Consecuencias fiscales.-

Algunas decisiones testamentarias previas podrían implicar un mayor coste fiscal si no se han adaptado a las bonificaciones o ventajas fiscales actuales.

En concreto hacemos referencia a:

    • Donaciones planificadas sin previsión de bonificación.
    • Reparto descompensado que perjudique a determinados herederos.

Nuestra recomendación es  revisar o rehacer el testamento, si:

    • Han pasado más de 5 años desde su redacción.
    • Hay nuevas circunstancias familiares , como divorcio, hijos o  pareja de hecho.
    • Si se hizo en una comunidad autónoma con normativa propia, ya que algunas adaptaciones podrían ser incompatibles.
    •  Si se desea dejar constancia de voluntades digitales o de albaceas digitales.

Insistimos, que, si no se actualiza el testamento conforme a la nueva ley, no se invalida, pero puede perder eficacia o generar conflictos interpretativos entre los herederos.

En el próximo artículo abordaremos  las novedades para herencias internacionales y sucesiones transfronterizas, ya que la globalización ha hecho que muchas herencias incluyan bienes o herederos fuera de España. La Ley de Sucesiones 2025 introduce medidas específicas para facilitar la tramitación de sucesiones transfronterizas, en línea con el Reglamento Europeo 650/2012 y los nuevos retos digitales y migratorios.

Desde el departamento de derecho de familia y sucesiones de Belzuz Abogados, S.L.P. quedamos a su disposición para la revisión de tu testamento o planificación hereditaria para asegurar que se ajusta a la nueva normativa y se aprovecha al máximo los beneficios disponibles.

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