Responsabilidad civil por accidentes causados por vehículos autónomos y sistemas ADAS: ¿quién responde, el conductor, el fabricante o la aseguradora?

La pregunta clave es: ¿quién debe asumir la responsabilidad civil cuando ocurre un accidente en un vehículo con sistemas de conducción automatizada? La respuesta no es única y depende de factores técnicos, legales y aseguradores. Desde el departamento de seguros de Belzuz Abogados, S.L.P. analizamos los distintos escenarios, combinando los principios de la responsabilidad civil con la legislación vigente y la jurisprudencia.

Vehículos autónomos y sistemas ADAS: conceptos y clasificación

Para determinar cómo se asigna la responsabilidad, es importante entender los distintos niveles de automatización. La Society of Automotive Engineers (SAE) clasifica los vehículos autónomos del nivel 0 al nivel 5, según el grado de automatización:

  • Niveles 0 a 2: conducción asistida. El conductor sigue tomando las decisiones críticas, mientras los sistemas ADAS le ayudan en tareas específicas, como el frenado automático ante obstáculos o el mantenimiento de carril. Estos sistemas actúan como soporte, pero no eximen al conductor de su responsabilidad de supervisión y actuación.
  • Nivel 3: conducción semiautónoma. El vehículo puede asumir funciones críticas temporalmente, pero el conductor debe estar disponible para intervenir cuando el sistema lo requiera. Este nivel introduce complejidades legales, ya que la responsabilidad puede ser compartida entre conductor y fabricante, dependiendo de las circunstancias del accidente.
  • Niveles 4 y 5: conducción autónoma completa. El vehículo asume prácticamente todas las decisiones de conducción, y el papel del conductor se reduce a casi nulo. En estos casos, la responsabilidad recae principalmente en el fabricante y, en determinados supuestos, en la aseguradora.

Esta clasificación no es solo técnica: condiciona directamente cómo se analiza la responsabilidad civil. Cuanto mayor sea el nivel de autonomía, más relevante se vuelve la responsabilidad del fabricante y de la aseguradora, mientras que disminuye la del conductor.

Responsabilidad del conductor

En los niveles bajos de automatización, el conductor sigue siendo el principal responsable de la conducción. El Código Civil español, en su artículo 1902, establece que “el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. La jurisprudencia española aplica estos principios incluso cuando el vehículo incorpora sistemas de asistencia, considerando que la obligación de supervisión recae sobre quien está al volante.

Si un conductor ignora alertas de un sistema ADAS o lo desactiva, y como resultado se produce un accidente, la responsabilidad recae directamente sobre él. Incluso en vehículos con asistencia tecnológica, la conducta del conductor sigue siendo decisiva. En niveles de automatización más altos (nivel 3), aunque el vehículo puede asumir funciones de conducción, el conductor tiene la obligación de estar atento y preparado para intervenir. Por ello, la correcta comprensión de las capacidades y limitaciones del sistema es crucial. La jurisprudencia enfatiza que el grado de intervención del conductor debe evaluarse caso por caso, y que la mera presencia de tecnología no exime de responsabilidad a quien conduce.

Responsabilidad del fabricante

A medida que los vehículos aumentan su grado de autonomía, la responsabilidad del fabricante se vuelve más relevante. Esta puede derivar de defectos de diseño, fallos en la fabricación o de la falta de información suficiente sobre el funcionamiento seguro del vehículo o del sistema ADAS. La normativa aplicable incluye:

  • La Directiva 85/374/CEE sobre responsabilidad por productos defectuosos, incorporada en España mediante la Ley 22/1994, que establece la responsabilidad objetiva del productor frente a daños causados por defectos de fabricación, diseño o por la insuficiencia de información sobre el uso seguro del producto.
  • El Código Civil, artículos 1902 y 1903, que regulan la responsabilidad por actos propios y por los daños causados por personas bajo nuestra supervisión o por bienes que nos pertenecen.

En la práctica, esto significa que un fabricante puede ser responsable si un sistema ADAS falla y provoca un accidente, si el diseño no prevé adecuadamente la interacción con el conductor o si las instrucciones de uso y advertencias son insuficientes. La jurisprudencia europea, y en particular casos relacionados con vehículos Tesla en modo “Autopilot”, han subrayado la importancia de que los fabricantes proporcionen información clara y suficiente sobre las limitaciones del sistema. Aunque en España aún no existen casos idénticos, los tribunales podrían aplicar los mismos principios de responsabilidad objetiva por producto defectuoso, evaluando si el fabricante cumplió con su deber de seguridad.

Responsabilidad de la aseguradora

El papel de la aseguradora es esencial en el nuevo panorama de la movilidad automatizada. Las pólizas tradicionales están diseñadas para cubrir accidentes derivados de la negligencia del conductor, pero los vehículos autónomos plantean situaciones más complejas, en las que el accidente puede ocurrir sin intervención humana directa.

Las aseguradoras deben garantizar cobertura en supuestos donde el siniestro derivó de un fallo del sistema y el conductor no actuó negligentemente. También pueden ejercer derechos de subrogación, reclamando al fabricante cuando se demuestra un defecto del vehículo o del software. Además, es necesario adaptar las pólizas a distintos niveles de autonomía, considerando la intervención de los sistemas ADAS y la participación variable del conductor.

Desde la perspectiva de la defensa de aseguradoras, cada caso requiere un análisis detallado: se deben valorar la interacción entre conductor y tecnología, la existencia de fallos probados en el sistema, el cumplimiento de los estándares de seguridad por parte del fabricante y la cobertura contratada. Este enfoque permite gestionar los riesgos de manera ajustada al derecho y a la equidad, protegiendo a todas las partes implicadas.

Desafíos y perspectivas

La regulación de la responsabilidad civil en vehículos autónomos y ADAS continúa evolucionando. Los legisladores y tribunales deben equilibrar la protección de las víctimas, el incentivo a la innovación tecnológica y la viabilidad del seguro. Entre los principales desafíos destacan:

  • Clarificar cómo se reparte la responsabilidad entre conductor, fabricante y aseguradora según el nivel de automatización y las circunstancias concretas del accidente.
  • Adaptar las pólizas de seguro a escenarios en los que el fallo puede derivar de la tecnología y no de la conducta humana.
  • Desarrollar jurisprudencia consistente que permita previsibilidad a aseguradoras, fabricantes y usuarios, ofreciendo criterios claros sobre la atribución de responsabilidad.

Los despachos especializados en defensa de aseguradoras desempeñan un papel fundamental, asesorando sobre la interpretación de la normativa, la evaluación de riesgos y la estrategia en caso de siniestro, garantizando que la gestión del accidente cumpla la ley y sea equitativa para todas las partes.

Los accidentes con vehículos autónomos y sistemas ADAS generan un escenario complejo de responsabilidad civil. La asignación de responsabilidades depende del nivel de automatización, del papel del conductor, de la existencia de defectos en el sistema y de la cobertura aseguradora.

En general, a mayor autonomía del vehículo, mayor es la relevancia del fabricante y de la aseguradora, y menor la del conductor. No obstante, la supervisión del usuario sigue siendo un factor crítico. La legislación y la jurisprudencia evolucionan para adaptarse a esta nueva realidad tecnológica, y la intervención de despachos especializados en defensa de aseguradoras resulta esencial para asegurar que los siniestros se gestionen con rigor jurídico y justicia para todas las partes involucradas.

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