Flash News – Propuesta de Enmienda al Código del Trabajo – Trabajo XXI

  1. Plataformas Digitales, Inteligencia Artificial y Algoritmos

    1. Presunción de laboralidad en plataformas: Se aclaran los indicios de subordinación en el trabajo en plataformas digitales, concretamente en lo que respecta a las restricciones a la autonomía organizativa, al control del tiempo de trabajo y a la limitación en la elección de clientes.
    2. Intervención humana obligatoria: Queda prohibida la adopción de decisiones empresariales críticas —como contratación, evaluación, progresión profesional o despido— basadas exclusivamente en algoritmos o inteligencia artificial, siendo siempre necesaria la intervención humana para confirmar, modificar o revocar la decisión.
  2. Parentalidad

    1. Ampliación del permiso inicial: El permiso parental inicial podrá extenderse hasta 180 días consecutivos. Si se opta por la modalidad compartida durante los primeros 6 meses, el subsidio parental inicial se pagará al 100% de la remuneración de referencia.
    2. Permiso exclusivo del padre: El periodo obligatorio exclusivo del padre se duplica a 28 días (a disfrutar dentro de los 42 días siguientes al nacimiento, siendo 14 de forma consecutiva inmediatamente después del parto).
    3. Duelo gestacional: En caso de interrupción del embarazo, la trabajadora se beneficiará de un permiso de 14 a 30 días, reconociéndose al padre el derecho a 3 días consecutivos de ausencia justificada.
  3. Extinción del contrato de trabajo

    1. Despido colectivo: La indemnización se eleva a 15 días de salario base y complementos por antigüedad (diuturnidades) por cada año completo de servicio. Adicionalmente, se elimina la obligatoriedad de devolver la indemnización recibida para poder impugnar judicialmente el despido.
    2. Exclusión de readmisión por oposición del empleador: En caso de que el tribunal excluya la readmisión tras un despido improcedente (basándose en un perjuicio grave para la empresa), la indemnización sustitutiva se incrementa a valores entre 45 y 60 días de salario por año, con un mínimo garantizado de 6 meses.
    3. Irrenunciabilidad de créditos: Los créditos laborales ya no podrán extinguirse por remisión abdicativa (renuncia), salvo que se formalicen mediante declaración escrita reconocida ante notario o si el trabajador cuenta con la asistencia de un miembro del comité de empresa.
  4. Organización del Tiempo y Lugar de Trabajo

    1. Bolsa de horas por acuerdo individual: A falta de convenio colectivo, será posible instaurar la bolsa de horas mediante acuerdo escrito directo entre empleador y trabajador, permitiendo un incremento de hasta 2 horas diarias (con un límite de 50 horas semanales y 150 horas anuales).
    2. Derecho a la desconexión: Se aclara que las comunicaciones enviadas fuera del horario laboral con la mención expresan de «exento de respuesta» no violan el deber de abstención de contacto. Se consagra que el ejercicio de la desconexión no podrá motivar tratos desfavorables o perjuicios en la progresión profesional.
    3. Flexibilización en el teletrabajo: El trabajador podrá modificar temporalmente el lugar de teletrabajo previsto en el acuerdo inicial mediante un preaviso de 5 días, siempre que no medie oposición escrita del empleador.
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