1. Finalidad y objetivos de la Directiva.
La Directiva (UE) 2023/970 tiene como propósito reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución, eliminando la discriminación retributiva directa e indirecta.
Hemos de recordar, como también hace la directiva, que las medidas reguladas no excluyen que las empresas retribuyan diferente a trabajadores que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor, pero siempre sobre la base de criterios objetivos, neutros con respecto al género y libres de sesgos, como el rendimiento y la competencia.
2. Las medidas que incorpora (breve resumen).
Acceso al empleo. Destaca el artículo 5, por el que las personas que concurran en procesos de selección para cubrir vacantes en la empresa:
- tendrán derecho a recibir información sobre la retribución inicial y
- la empresa no podrá preguntar al candidato sobre su historial retributivo en relaciones laborales actuales o anteriores.
Además, los anuncios de las vacantes de trabajo y las denominaciones de los puestos serán neutros con respecto al género (concepto que se repite en todo el documento). Esta obligación puede implicar un cambio relevante para muchas empresas que podrían tener que renombrar sus posiciones internas.
Derechos de información. Las personas trabajadoras tendrán derecho a solicitar y recibir información por escrito sobre su nivel retributivo individual y sobre los niveles retributivos medios, desglosados por sexo, de las categorías del personal que realice el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.
Divulgación de información retributiva. Desde la empresa no se podrá impedir a los miembros de su plantilla la divulgación de información sobre su retribución, en este sentido el art. 7 dice que se establecerán medidas para prohibir las cláusulas contractuales en ese sentido.
Asimismo, estarán a disposición del personal, de manera fácil, los criterios para determinar las retribuciones, los niveles retributivos y la progresión retributiva (artículo 6 de la Directiva). Se matiza que la regulación nacional podrá eximir a las empresas de menos de 50 personas trabajadoras de la obligación relativa a la progresión.
A la fecha, esta información es muy sensible en las empresas, y desde el equipo de abogados laboralistas de Belzuz Abogados somos conocedores del gran impacto que esta medida puede generar en las organizaciones.
La Directiva incluye una obligación que resulta muy familiar a todos los profesionales en materia de igualdad, la relativa a facilitar información sobre la brecha retributiva de género, incluyendo la brecha por categorías, desglosada por salario base y por el resto de componentes.
Evaluación retributiva conjunta. Como novedad se incluye que cuando la información muestre una diferencia en el nivel retributivo medio de hombres y mujeres de al menos el 5 % en cualquier categoría, que no se haya justificado en base a criterios objetivos y neutros, ni se haya subsanado en los seis meses siguientes, se deberá realizar una evaluación retributiva conjunta en cooperación con la representación legal de las personas trabajadoras. Este concepto legal es novedoso, aunque debe analizarse a luz de lo ya regulado por el RD 902/2020.
Inversión de la carga de la prueba en casos de discriminación. Corresponderá a la empresa demostrar que no se ha producido discriminación directa o indirecta en relación con las retribuciones (art 18), elemento este que no será novedoso en nuestra legislación (Ley 15/2022).
Desde Belzuz Abogados, como expertos abogados laboralistas y con amplia experiencia en la elaboración de registros y auditorías retributivas, así como en Planes de Igualdad, informamos que de esta Directiva van a publicarse en un futuro próximo una serie de normas de trasposición que podrán tener un fuerte impacto a nivel interno de las empresas y podrá suponer un cambio en la cultura retributiva y de selección de las empresas. Invitamos a tener muy presente la directiva desde el día de hoy de cara a ejecutar el proceso de adaptación y transformación con antelación suficiente a los cambios legislativos que llegarán en los próximos años.
Labor Law department | Madrid (Spain)
Belzuz Abogados SLP
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