Monday, 27 November 2023

Distribución de beneficios a los empleados en Portugal. Su empresa ha obtenido beneficios, descubra qué puede hacer al respecto

Volver

Cuando una empresa obtiene resultados positivos, puede premiar a sus empleados a través de las denominadas gratificaciones de balance, que son un mecanismo que permite a las empresas distribuir beneficios entre sus trabajadores.

Si su empresa obtiene resultados positivos en 2023, puede repartir parte de estos resultados entre sus empleados, socios o miembros de los órganos sociales, y deberá tomar esta decisión en la Junta General que apruebe las cuentas.

Esta forma de recompensar a sus empleados también puede reportar beneficios fiscales a su empresa, lo que significa que pagará menos impuestos de sociedades. Es decir, puedes contabilizar estas gratificaciones de balance como un gasto del ejercicio 2023 y, si se reconoce como tal, se acepta su deducción a efectos fiscales.

Es importante tener en cuenta que esta paga extra debe estar pagada y procesada en nóminas a finales de 2024, de lo contrario no se aceptará la deducción a efectos fiscales.

A la hora de optar por asignar estas gratificaciones de balance, debe tener en cuenta que existen diferentes implicaciones fiscales entre asignarlas a los socios gestores y a los empleados.

Si opta por distribuir beneficios a los socios gestores, la deducción fiscal por este premio sólo se aceptará si éstos poseen, directa o indirectamente, una participación de al menos el 1% del capital social y el premio no supera el límite de dos veces la retribución mensual devengada en el período impositivo al que se refiere.

Según la propuesta para los Presupuestos Generales del Estado de 2024, el reparto de beneficios a los empleados estará exento del IRPF, con un límite de 4.100 euros.

El Gobierno muestra así su intención de reforzar esta vía de valorización de los salarios, eximiendo a los trabajadores de las cotizaciones a la Seguridad Social (que ya existían) y de la exención fiscal.

Sin embargo, hay una medida previa que las empresas deben cumplir: aumentar los salarios de todos los trabajadores al menos un 5%.

La propuesta establece que "las cantidades satisfechas a los trabajadores en concepto de participación en los beneficios de la empresa, en concepto de gratificaciones de balance, abonadas por entidades cuya valoración nominal media de la retribución fija por trabajador en 2024 sea igual o superior al 5 por ciento, estarán exentas del IRPF con el límite de 5 veces la RMMG".

De esta forma, las empresas que quieran repartir beneficios se abren a la posibilidad de distribuirlos más ampliamente y valorar más a los que tienen salarios más bajos.

En lo que respecta al IRS, estas rentas se consideran siempre trabajo dependiente y entran en la categoría A, por lo que se gravan cuando se pagan o se ponen a disposición. Por tanto, las empresas deben retener el IRS de la cantidad pagada a cada empleado, con un tipo que varía en función de la cuantía y de la situación familiar del perceptor.

Asimismo, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2024 establece que estas cantidades se computarán a efectos de determinar el tipo aplicable a otras rentas.

Por último, conviene destacar la diferencia entre las gratificaciones de balance y los dividendos, ya que estos últimos son distribuciones de beneficios que sólo pueden hacerse a los accionistas y se basan en el beneficio neto del ejercicio, es decir, en el resultado después de impuestos de la empresa.

En cuanto al impuesto sobre la renta de las personas físicas, el marco también es diferente porque, como ya hemos mencionado, las gratificaciones de balance se consideran rentas de categoría A, mientras que las distribuciones de dividendos son rentas de categoría E y tributan de forma diferente.

La concesión de primas de balance puede ser una medida con un impacto muy positivo en su empresa, sin embargo, siempre es importante analizar las ventajas e inconvenientes en términos fiscales, por lo que siempre puede contar con la experiencia del Departamento de Derecho Fiscal de Belzuz Abogados, S.L.P - Sucursal em Portugal, que está a su entera disposición para apoyarle y asesorarle en esta cuestión.

 

 Miguel PaixaoMiguel Paixão

Fiscal and Tax Law department | Madrid (Spain)

 

Belzuz Abogados SLP

This publication contains general information not constitute a professional opinion or legal advice. © Belzuz SLP, all rights are reserved. Exploitation, reproduction, distribution, public communication and transformation all or part of this work, without written permission is prohibited Belzuz, SLP.

Madrid

Belzuz Abogados - Madrid office

Nuñez de Balboa 115 bis 1

  28006 Madrid

+34 91 562 50 76

+34 91 562 45 40

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Lisbon

Belzuz Abogados - Lisbon office

Av. Duque d´Ávila, 141 – 1º Dtº

  1050-081 Lisbon

+351 21 324 05 30

+351 21 347 84 52

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Oporto

Belzuz Abogados - Oporto office

Rua Julio Dinis 204, Off 314

  4050-318 Oporto

+351 22 938 94 52

+351 22 938 94 54

This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Associations

  • 1_insuralex
  • 3_chambers-2024
  • 4_cle
  • 5_chp
  • 6_aeafa