El Consejo de ministros español aprobó el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, relativo a los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Dicha reforma, calificada por el Ejecutivo como de carácter estructural y de urgencia social, establece un nuevo marco normativo que permitirá que aproximadamente 500.000 personas actualmente en situación administrativa irregular en territorio español puedan acceder a autorizaciones de residencia y trabajo.
Entre las principales novedades destacan la simplificación de trámites, la ampliación de las vías de arraigo y una mayor agilidad en los procedimientos administrativos, con el objetivo de integrar a miles de migrantes en el sistema legal y laboral.
(a) A partir del 16 de abril de 2026, se inicia la presentación de solicitudes por vía telemática, así como la posibilidad de solicitar cita previa para su tramitación presencial, marcando así el comienzo efectivo del procedimiento administrativo.
(b) El 20 de abril de 2026 se abrirá la fase de presentación presencial de solicitudes, momento en el que el sistema entrará plenamente en funcionamiento operativo.
(c) El proceso tiene carácter excepcional y limitado en el tiempo, fijándose como fecha límite el 30 de junio de 2026 para la presentación de solicitudes, lo que obliga a los interesados a actuar con diligencia a fin de beneficiarse de esta medida extraordinaria de regularización.
El nuevo Reglamento pretende, además, adaptarse a las necesidades del mercado laboral español, facilitando la contratación de trabajadores extranjeros en sectores con escasez de mano de obra. Asimismo, se simplifican los procedimientos administrativos y se persigue reducir la economía sumergida, promoviendo la integración efectiva de los migrantes en el sistema legal.
En conjunto, la reforma tiene como finalidad configurar un sistema migratorio más ágil, inclusivo y eficiente, favoreciendo tanto la integración social de los extranjeros como la respuesta a las demandas económicas del país.
No obstante, esta nueva normativa, si bien abre oportunidades relevantes para la regularización en España, exige igualmente una preparación documental rigurosa. En particular, para quienes hayan residido en Portugal, anticipar la obtención del certificado de antecedentes penales portugués se configura como un paso esencial para el éxito de la solicitud.
En el marco de los procedimientos de regularización o de adquisición de la nacionalidad española, es imprescindible tener en cuenta que todos los extranjeros que hayan residido previamente en Portugal deberán aportar dicho certificado, a efectos de acreditar su conducta durante su estancia en ese país. La ausencia de este documento puede dar lugar a requerimientos, retrasos significativos o incluso a la denegación del procedimiento.
El Departamento de Derecho Mercantil y Societario de Belzuz Abogados, S.L.P. presta asesoraría jurídica en este ámbito, pudiendo gestionar la solicitud de certificados de antecedentes penales en Portugal y coordinar actuaciones transfronterizas entre España y Portugal, garantizando agilidad, seguridad jurídica y plena conformidad con las exigencias legales aplicables.
Belzuz Abogados, S.L.P. – Sucursal en Portugal es un despacho ibérico, con domicilio social en Madrid y oficinas en Lisboa y Oporto, con experiencia en materia de extranjería.