Portugal_La problemática de los daños no patrimoniales reflejos – Las decisiones jurisprudenciales más recientes

La problemática de los daños no patrimoniales reflejos es muy debatida en los tribunales portugueses, especialmente en lo que respecta a su admisibilidad y determinación.

Es sabido que los daños no patrimoniales reflejos corresponden al sufrimiento moral (o psicológico) soportado por una persona como consecuencia de los daños sufridos por otra, normalmente alguien con quien mantiene una relación cercana (cónyuge, hijo, padre, etc.). Estos daños tienen su respaldo en la ley civil, en particular en los artículos 483 y 496 del Código Civil, siendo la corriente doctrinal y jurisprudencial más admitida que solo aquellos que revisten gravedad deben ser tutelados por el Derecho.

En este sentido, la sentencia del Supremo Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2025 (publicada en https://www.dgsi.pt/) fue clara al admitir que “El Supremo Tribunal de Justicia unificó jurisprudencia en el sentido de que los artículos 483/1 y 496/1, ambos del Código Civil, deben interpretarse en el sentido de abarcar los daños no patrimoniales, particularmente graves, sufridos por el cónyuge de la víctima sobreviviente, afectada de manera particularmente grave”. Sin embargo, esta resolución fue más concreta al determinar que “El derecho a la indemnización por daños no patrimoniales reflejos solo será admisible en casos excepcionales, a saber, cuando el dolor y el sufrimiento de las personas con una relación afectiva de gran proximidad con el lesionado sean calificados como particularmente graves y constituyan consecuencia (mediata) de las lesiones, también ellas particularmente graves, causadas al lesionado directo, aunque haya sobrevivido”.

De este modo, no basta con que exista un caso potencialmente aplicable en el marco jurídico de los daños morales reflejos; es esencial que, para que sea tutelado por el Derecho y, en consecuencia, susceptible de compensación por el tribunal, dichos daños revistan una gravedad particular. A modo de ejemplo, la mencionada decisión judicial no concedió ninguna compensación en un caso en que una hija sufrió al conocer el accidente de su padre, determinando que “El choque emocional sufrido por la demandante al recibir la noticia del accidente de su padre y la saturación psicológica derivada de haber acompañado diariamente su sufrimiento, sin que las secuelas del lesionado directo impliquen un sufrimiento intenso en la relación de ambos, no merecen compensación a título de daño no patrimonial”.

Por todo lo expuesto, podemos determinar que este tipo de daños solo se considera para efectos de compensación judicial cuando se cumplen los siguientes requisitos acumulativos:

    1. El sufrimiento del tercero es particularmente intenso y grave, superando el mero dolor natural o tristeza;
    2. Existe una relación afectiva o familiar muy cercana con la víctima directa;
    3. El daño sufrido es consecuencia inmediata y directa del hecho lesivo;
    4. El reconocimiento no conduce a una duplicación indemnizatoria por el mismo daño.

Por tanto, es importante analizar, caso por caso, si, como consecuencia de un siniestro, los hechos que se discuten en sede judicial llevarán a la determinación de una compensación o si, por el contrario, al no reunirse los requisitos jurisprudencialmente determinados, la demanda formulada en esa base está destinada al fracaso. Por ello, un correcto análisis de los hechos y un adecuado seguimiento del caso es esencial, para que sea posible, desde el inicio, determinar la probabilidad de éxito de este tipo de demandas. En este ámbito, Belzuz Advogados, S.L.P. dispone de un equipo de abogados con amplia experiencia en la prestación de asesoría jurídica en procesos de gestión de siniestros, que puede ser útil en el momento de ejercer los derechos asociados al siniestro, independientemente de la posición en ese proceso judicial.

Solicite aconselhamento jurídico especializado

A nossa equipa de advogados analisa o seu caso e apresenta soluções jurídicas claras, estratégicas e adaptadas à sua situação.

Explique a sua situação e receba uma proposta personalizada

Outras publicações

error: Content is protected !!