Tras la aprobación por la Asamblea de la República portuguesa, el pasado 9 de octubre de 2026, de la Propuesta de Ley n.º 108/XVII/2.ª, que autoriza al Gobierno a reducir los tipos generales del IRPF portugués aplicables a los seis primeros tramos de renta imponible, con efectos desde el 1 de enero de 2026, se han introducido ajustes excepcionales en las tablas de retención a cuenta del IRPF para el mes de noviembre de 2026.
En efecto, mientras se espera la publicación de la legislación que concretará la reducción de los tipos generales del IRPF portugués, el ministro de Estado y de Finanzas aprobó, mediante la Orden n.º 12523-A/2026, de 14 de octubre, modificaciones temporales de las tablas de retención a cuenta actualmente vigentes en Portugal.
En las Azores, la misma reducción del 50 % se establece mediante la Orden n.º 12610-A/2026, de 15 de octubre, mientras que, en Madeira, se establece mediante la Orden n.º 434/2026, de 29 de octubre, de la Secretaría Regional de Finanzas, publicada en el JORAM (Diario Oficial de la Región Autónoma de Madeira).
1. Ámbito de aplicación
Los ajustes aprobados se aplican exclusivamente a los rendimientos del trabajo por cuenta ajena (Categoría A) y a las pensiones (Categoría H), satisfechos o puestos a disposición entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026, respecto de los contribuyentes residentes fiscales en Portugal continental.
La medida incluye asimismo la paga extraordinaria de Navidad, siempre que sea satisfecha o puesta a disposición durante dicho período.
2. Reducción excepcional de las retenciones a cuenta
Durante el mes de noviembre de 2026, la retención a cuenta del IRPF portugués corresponderá al 50 % del importe que resultaría de aplicar las tablas de retención a cuenta vigentes para 2026, aprobadas mediante la Orden n.º 233-A/2026, de 6 de enero.
En la práctica, esta reducción supone una disminución significativa del IRPF retenido mensualmente por las empresas empleadoras y las entidades pagadoras de pensiones, permitiendo a los contribuyentes disponer temporalmente de una mayor renta neta.
No obstante, la reducción no será aplicable a los rendimientos mensuales que superen el límite superior del penúltimo tramo de las tablas de retención a cuenta, correspondiente aproximadamente a 20.000 euros para los rendimientos de la Categoría A y a 18.000 euros para los rendimientos de la Categoría H. En estos casos, la retención a cuenta continuará calculándose conforme a las tablas habitualmente aplicables.
3. Restablecimiento de las tablas de retención habituales en diciembre
La reducción aprobada tiene carácter estrictamente temporal y produce efectos únicamente durante el mes de noviembre de 2026.
Por consiguiente, a partir del 1 de diciembre de 2026, volverán a aplicarse las tablas de retención a cuenta del IRPF portugués vigentes, sin los ajustes excepcionales introducidos por la Orden n.º 12523-A/2026.
4. Regularización de las retenciones a cuenta
La Orden contempla asimismo un mecanismo de regularización para aquellas entidades pagadoras que, por cualquier motivo, no hayan aplicado durante el mes de noviembre los ajustes ahora aprobados.
En tales circunstancias, podrán proceder a la correspondiente rectificación mediante las retenciones a cuenta que deban efectuar hasta el final de diciembre de 2026.
5. Consideraciones finales
La reducción excepcional de las retenciones a cuenta durante el mes de noviembre constituye una medida de ajuste temporal de la tributación de los rendimientos del trabajo por cuenta ajena y de las pensiones, anticipando, en términos de liquidez, parte de los efectos de la reducción de los tipos generales del IRPF portugués aprobada por el Parlamento portugués.
No obstante, conviene destacar que una reducción de las retenciones a cuenta no implica necesariamente una reducción definitiva del impuesto adeudado. Las retenciones a cuenta constituyen pagos anticipados del IRPF anual, por lo que el impuesto efectivamente debido se determinará en función de los rendimientos obtenidos, las deducciones aplicables y las demás circunstancias fiscales de cada contribuyente.
En este contexto, será especialmente importante seguir la publicación de la legislación que desarrolle la autorización legislativa aprobada por la Asamblea de la República portuguesa, así como sus efectos en la liquidación final del IRPF correspondiente al ejercicio 2026.
El Departamento de Derecho Fiscal de Belzuz Abogados, S.L.P. realiza un seguimiento permanente de la evolución de la legislación tributaria portuguesa, prestando asesoramiento especializado y ofreciendo soluciones adaptadas a las necesidades de empresas y particulares.
Para cualquier aclaración adicional o para evaluar el impacto de estas modificaciones en su situación fiscal concreta en Portugal, estamos a su disposición para ayudarle.