Definición clara y precisa de la naturaleza jurídica de los límites y sublímites de indemnización en las pólizas de responsabilidad civil. Sentencia del Tribunal Supremo nº 1581/2025, de 5 de noviembre

Contexto y objeto de la sentencia

La sentencia surge en un litigio de responsabilidad civil sanitaria por mala praxis médica, donde se discute, entre otras cuestiones, hasta qué cuantía deben responder las aseguradoras en función de lo pactado en la póliza.

El punto clave es la coexistencia de dos limites claramente diferenciados:

  • Límite general por siniestro (suma asegurada total)
  • Sublímite por víctima (cuantía inferior aplicable a cada perjudicado)

La cuestión esencial es determinar si los sublímites son cláusulas delimitadoras del riesgo o cláusulas limitativas de derechos.

En el fondo lo que se persigue es conocer cuál es el régimen jurídico aplicable, su validez, y su oponibilidad al perjudicado.

Doctrina del Tribunal Supremo: Existe una distinción clave entre límite vs. Sublímite

El Tribunal Supremo establece una distinción fundamental:

a) Límite por siniestro

    • Es una cláusula delimitadora del riesgo
    • Define el alcance del seguro (qué cubre y hasta cuánto)
    • Es plenamente válida sin requisitos especiales

 b) Sublímite por víctima

    • Es una cláusula limitativa de derechos
    • Reduce la indemnización dentro de un riesgo ya cubierto
    • No define el riesgo, sino que restringe el derecho a la indemnización

La consecuencia jurídica principal es que, al calificarse como cláusula limitativa, el sublímite queda sometido al artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS), lo que implica que deben cumplirse obligatoriamente los siguientes parámetros:

  • Redacción clara y precisa
  • Destacado especial en la póliza
  • Aceptación expresa por escrito del tomador

La consecuencia si no cumplen estos requisitos es que NO es oponible el límite al asegurado ni al tercero perjudicado.

Seguidamente me referiré a los efectos de la sentencia sobre la práctica aseguradora:

La sentencia consolida una doctrina que:

  • Rompe con la práctica habitual de incluir sublímites sin formalidades estrictas.
  • Refuerza la distinción entre: Delimitación del riesgo y limitación de derechos.

Todo esto supone un Impacto en las pólizas, ya que las aseguradoras deberán:

  • Revisar la redacción de las pólizas
  • Hay que destacar claramente los sublímites
  • Obtener la firma expresa del tomador

La consecuencia de no respetar estas directrices el sublímite puede quedar sin efecto, aplicándose el límite general más alto.

Con esta doctrina del Tribunal Supremo se persigue reforzar la protección del perjudicado, evitando reducciones de la indemnización, garantizando la mayor transparencia y favoreciendo la reparación íntegra del daño. En la práctica:

Para las aseguradoras, esto implica una mayor carga formal, un riesgo de ineficacia de cláusulas habituales y un posible aumento de primas.

En relación con los tomadores/asegurados supone una mayor protección contractual y una mayor atención a la firma de condiciones de las palizas.

Respecto a los tribunales, supone un criterio más claro para resolver conflictos y la reducción de litigios interpretativos.

Poniendo en balance lo que supone esta sentencia, entiendo que aporta:

  • Claridad conceptual (delimitación vs limitación)
  • Refuerzo de la transparencia contractual
  • Protección del tercero perjudicado

Pero a mi juicio hay otros aspectos más discutibles ya que puede generar rigidez excesiva en el mercado asegurador e Incrementa la carga formal en contratos complejos además de un posible impacto económico lo que supone un encarecimiento de seguros.

Conclusión: En consecuencia, en el fallo el Tribunal Supremo ha venido a facilitar la interpretación por los tribunales la distinción entre cláusulas delimitativas de riego y limitativas de derecho, y ha incrementado la protección del asegurado.

En algunos casos, tales como contratos complejos, puede ser causa de generar una mayor rigidez en la contratación y el incremento de las primas.

En Belzuz Abogados S.L.P., como despacho especializado en Derecho de Seguros y Responsabilidad Civil, estamos a disposición para asesorarles sobre el impacto de esta reforma, tanto desde la perspectiva de la práctica aseguradora como en la defensa de los intereses de víctimas y asegurados.

Solicite aconselhamento jurídico especializado

A nossa equipa de advogados analisa o seu caso e apresenta soluções jurídicas claras, estratégicas e adaptadas à sua situação.

Explique a sua situação e receba uma proposta personalizada

Outras publicações

error: Content is protected !!